Hemos tenido conocimiento en LeónSano de escritos de petición de ingenieros a través de sus organizaciones colegiales profesionales, SOLICITANDO RECTIFICACIÓN A MEDIOS DE PRENSA de la provincia de León (en particular los periódicos DIARIO DE LEÓN y LA NUEVA CRÓNICA) por la publicación el domingo 23 de Junio de una noticia con el título de “INGENIEROS DE TODA ESPAÑA SE CITAN EN LEÓN” , amparándose en lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, ya que la noticia se refería realmente a una Asamblea de la MUPITI – Mutualidad de Previsión Social de PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS Industriales. La petición de rectificación se fundamenta en que conforme a la legislación vigente en España, EXISTEN LAS PROFESIONES DIFERENTES, Y CLARAMENTE DIFERENCIADAS, DE «INGENIERO» E «INGENIERO TÉCNICO«. Algo análogo a lo que sucede con las profesiones de Enfermero y Médico.
También nos ha sido transmitido un documento suscrito por el presidente del CGCOIIE-Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales de España , difundido por este Consejo a todos los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales del Estado . Se adjunta este documento en el apartado nº 4 de este artículo . Documento del CGCOIIE en el que se comparan competencialmente las profesiones de Ingeniero Industrial e ingeniero Técnico Industrial. En este Documento este Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales, por fin se moja en este asunto de diferencias competenciales legales ingeniero Industrial/Ingeniero Técnico Industrial(circunscritos estos últimos a la especialidad correspondiente). Ya que este Consejo General de Colegios ha sido acusado, por los ingenieros y colegios críticos a la dirección de su Junta directiva de los últimos 4 años, de dejación de funciones mirando para otro lado y no combatir suficientemente las noticias o incluso páginas web de colegios de peritos e ingenieros técnicos o sus redes sociales en las que se arrogan una supuesta profesión de ingenieros, colectivos de profesiones reguladas únicamente como ingenieros técnicos.
1/ Extracto de la petición de un profesional ingeniero al colegio profesional territorial solicitando la actuación de este para exigir el derecho de rectificación a los períodicos Diario de León y La Cronica de León, recogida parcialmente por el colegio exigiendo el derecho de rectificación a estos periódicos
1A/ Extracto de la solicitud de rectificación para la Crónica de León
En relación a su publicación en la edición en papel de la Nueva Crónica del domingo 23 de junio de 2019 titulada “ INGENIEROS DE TODA ESPAÑA SE CITAN EN LEÓN” (reproducida gráficamente en su integridad fotográficamente en el anexo abajo inserto), en la que se hace constar que “profesionales de la ingeniería procedentes de todas las comunidades españolas se dan cita este fin de semana en León para celebrar una Asamblea de ámbito nacional vinculada al sector” , le transmitimos que consideramos que la noticia es inexacta e induce a confusión, ya que la noticia se refiere a una Asamblea de la MUPITI – Mutualidad de Previsión Social de PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS Industriales .
Por ello al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, le solicitamos la publicación de una nota de rectificación con este contenido para aclarar que MUPITI no le corresponde hacer declaraciones en relación a los Ingenieros, a los que no representa, ni tampoco integra.
Pese a los intentos de algunos por presentarse ante la sociedad como profesionales distintos de lo que realmente son, la realidad es que, conforme a la legislación vigente en España, existen las profesiones diferentes, y claramente diferenciadas, de «Ingeniero» e «Ingeniero Técnico».
El término «Ingeniero» debe ser utilizado para tan solo referirse a los profesionales que han realizado estudios universitarios que les habilitan para el ejercicio de algunas de las profesiones reguladas de «Ingeniero» -que exclusivamente se circunscriben a las referenciadas en el Anexo VIII del Real Decreto 1837/2008-. Profesiones para cuya habilitación, conforme a la normativa vigente universitaria, se exige la superación de un plan de estudios al amparo del Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de diciembre de 2008, en el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de las distintas profesiones reguladas de Ingeniero (BOE 29/01/2009);
En definitiva, la información publicada confunde al colectivo profesional de los «Ingenieros» con el de Ios «Ingenieros Técnicos», con el que nada tiene que ver.
Reflejo de que ambas profesiones son claramente diferenciadas y no integrables lo constituye la Sentencia, de 18 de mayo de 2015, del Tribunal Superior de Justicia Madrid, que procedió a la anulación del «Instituto de Mediación de INGENIEROS«, promovido por el “Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial”, por arrogarse éstos el empleo del término «Ingenieros«, excediendo con ello al ámbito de aplicación de su organización profesional: la Ingeniería Técnica Industrial. Sentencia, cuyo incumplimiento, motivó el Auto de 11 de abril de 2016 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid reclamando la adecuada ejecución de la Sentencia, en el que se reitera que deben abstener éstos de utilizar de la denominación «Ingenieros«.
Las informaciones publicadas en su periódico resultan erróneas, dando a entender a la sociedad que los asitentes a la Reunión de MUPITI hablan en nombre de los Ingenieros, en lugar de respecto a quienes tan solo puede hablar: los Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales. Pues, como puede observar publicado en el BOE de 19/12/2017, el Tribunal Supremo, por Sentencia de 8 de noviembre de 2017, anuló el Real Decreto 143/2016, por no ser ajustada a derecho la denominación de «Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados de la rama industrial de la Ingeniería, Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de España», encontrándose por tanto vigente la denominación establecida en el Real Decreto 104/2003: Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales.
Anexo:
1B/Extracto de la solicitud de rectificación para el Diario de León
En relación a su publicación en la edición del Diario de León del domingo 23 de junio de 2019 titulada “ INGENIEROS DE TODA ESPAÑA SE CITAN EN LEÓN” ( ediones en papel y vía internet ) reproducidas en su integridad fotográficamente en el anexo abajo inserto), en la que se hace constar que “profesionales de la ingeniería procedentes de todas las comunidades españolas se dan cita este fin de semana en León para celebrar una Asamblea de ámbito nacional vinculada al sector” , le transmitimos que consideramos que la noticia es inexacta e induce a confusión, ya que la noticia se refiere a una Asamblea de la MUPITI – Mutualidad de Previsión Social de PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS Industriales .
Por ello al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, le solicitamos la publicación de una nota de rectificación con este contenido para aclarar que MUPITI no le corresponde hacer declaraciones en relación a los Ingenieros, a los que no representa, ni tampoco integra.
Pese a los intentos de algunos por presentarse ante la sociedad como profesionales distintos de lo que realmente son, la realidad es que, conforme a la legislación vigente en España, existen las profesiones diferentes, y claramente diferenciadas, de «Ingeniero» e «Ingeniero Técnico».
El término «Ingeniero» debe ser utilizado para tan solo referirse a los profesionales que han realizado estudios universitarios que les habilitan para el ejercicio de algunas de las profesiones reguladas de «Ingeniero» -que exclusivamente se circunscriben a las referenciadas en el Anexo VIII del Real Decreto 1837/2008-. Profesiones para cuya habilitación, conforme a la normativa vigente universitaria, se exige la superación de un plan de estudios al amparo del Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de diciembre de 2008, en el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de las distintas profesiones reguladas de Ingeniero (BOE 29/01/2009);
En definitiva, la información publicada confunde al colectivo profesional de los «Ingenieros» con el de Ios «Ingenieros Técnicos», con el que nada tiene que ver.
Reflejo de que ambas profesiones son claramente diferenciadas y no integrables lo constituye la Sentencia, de 18 de mayo de 2015, del Tribunal Superior de Justicia Madrid, que procedió a la anulación del «Instituto de Mediación de INGENIEROS«, promovido por el “Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial”, por arrogarse éstos el empleo del término «Ingenieros«, excediendo con ello al ámbito de aplicación de su organización profesional: la Ingeniería Técnica Industrial. Sentencia, cuyo incumplimiento, motivó el Auto de 11 de abril de 2016 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid reclamando la adecuada ejecución de la Sentencia, en el que se reitera que deben abstener éstos de utilizar de la denominación «Ingenieros«.
Las informaciones publicadas en su periódico resultan erróneas, dando a entender a la sociedad que los asitentes a la Reunión de MUPITI hablan en nombre de los Ingenieros, en lugar de respecto a quienes tan solo puede hablar: los Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales. Pues, como puede observar publicado en el BOE de 19/12/2017, el Tribunal Supremo, por Sentencia de 8 de noviembre de 2017, anuló el Real Decreto 143/2016, por no ser ajustada a derecho la denominación de «Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados de la rama industrial de la Ingeniería, Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de España», encontrándose por tanto vigente la denominación establecida en el Real Decreto 104/2003: Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales.
ANEXO:
I/ edición vía internet
https://www.diariodeleon.es/noticias/leon/ingenieros-apuestan-dinamizar-economia_1344539.html
LOS INGENIEROS APUESTAN POR DINAMIZAR LA ECONOMÍA
23/06/2019
El decano del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de León, Miguel Ferrero, apuesta por que los Colegios Oficiales, sean del sector que sean, aporten su granito de arena con la organización de jornadas que dinamizan la economía e impulsan el turismo de carácter profesional en León, como la asamblea nacional celebrada ayer en el Palacio del Conde Luna con ingenieros procedentes de todas las comunidades autonómicas. En la cita se aprobó la memoria anual de la organización a nivel nacional y la toma de posesión de los nuevos cargos.
II/ Edición en papel
2/ Escasa Respuesta conocida hasta ahora por LeónSano, dada por el períodico Diario de León y nula por La Cronica de León a la exigencia del derecho de rectificación exigida por Colegio Oficial de Ingenieros Industriales
LeónSano hasta el momento actual no tiene constancia de que La nueva Crónica haya dado curso al derecho de rectificación solicitado . En el caso del Diario de León , el 28 de junio publica en su edición la rectificación ( de un modo muy somero muy resumido respecto a lo realmente solicitado) de la noticia que se le solicito desde el colegio, a continuación inserta dicha rectificación seguidamente como anexo,
ANEXO
https://www.DIARIODELEON.es/noticias/leon/reunion-nacional-ingenieros-tecnicos_1345642.html
PERITOS INDUSTRIALES.
REUNIÓN NACIONAL DE INGENIEROS TÉCNICOS.
- 028/06/2019
El pasado fin de semana se celebró en León la asamblea nacional de peritos e ingenieros técnicos industriales, y no de ingenieros industriales, como se publicó en el título de la información. EL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE LEÓN MATIZA QUE LAS PROFESIONES DE INGENIERO Y DE INGENIERO TÉCNICO ESTÁN «CLARAMENTE DIFERENCIADAS». Los peritos apostaron por impulsar el turismo profesional en León. | dl
3/ Otras noticias de prensa relacionadas
https://www.leonoticias.com/leon/profesionales-ingenieria-espana-20190622172116-nt.html
4/ Documento del Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales, por fin se moja en este asunto de diferencias competenciales legales ingeniero Industrial / Ingeniero Técnico Industrial (en la correspondiente especialidad)
Como indicamos al comienzo de este artículo, también nos ha sido transmitido un documento suscrito por el presidente del CGCOIIE-Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales de España , difundido por este Consejo a todos los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales del Estado . Documento del CGCOIIE que adjuntamos a continuación en el que se comparan competencialmente las profesiones de Ingeniero Industrial e ingeniero Técnico Industrial. En este Documento este Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales, por fin se moja en este asunto de diferencias competenciales legales ingeniero Industrial / Ingeniero Técnico Industrial (circunscritos estos últimos a la especialidad correspondiente). Ya que este Consejo General de Colegios ha sido acusado, por los ingenieros y colegios críticos a la dirección de su Junta directiva de los últimos 4 años, de dejación de funciones mirando para otro lado y no combatir suficientemente las noticias o incluso páginas web de colegios de peritos e ingenieros técnicos o sus redes sociales en las que se arrogan una supuesta profesión de ingenieros, colectivos de profesiones reguladas únicamente como ingenieros técnicos.
Vínculo al fichero PDF del documento del CGCOIIE sobre competencias IIs/ITIs:
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