Archivo | marzo, 2018

Los ingenieros industriales afrontan un debate decisivo para su colegiación

31 Mar

 

El diario EsDiario.com publicaba el 18 de marzo un interesante artículo (1) suscrito por Salvador Puigdengolas, decano del Colegio oficial  de Ingenieros Industriales de  la comunidad Valenciana  sobre el debate abierto en los Colegios de Ingenieros Industriales   a raiz de  una  peculiar propuesta  de incorporaciones de nuevas titulaciones por parte del Colegio de Ingenieros Industriales, de Aragón y Rioja que finalmente no ha sido aprobada por el Pleno del Consejo General de Colegios. Con un planteamiento en  sentido contrario, Cesar Franco, decano del colegio de Madrid, también publicó un artículo (2) en la red social  linkedin que fue objeto de un  controvertido e interesante debate en esta red social, artículo que tambien se incluye y  comentarios realizados en la red social. Posteriormente, sobre este asunto  ha sido publicado a modo de réplica otro artículo (3) en Linkedin  de Salvador Puigdengolas y  otro (4) del Ingeniero Industrial  Luis- Manuel Tomas Belibrea  y ha  sido publicado otro artículo complementario (5) de  Salvador Puigdengolas. Se incluyen  los cinco artículos y comentarios realizados hasta el momento a los mismos

1/ Los ingenieros industriales afrontan un debate decisivo para su colegiación

de www.ESDIARIO.COM/797564791/Los-ingenieros-industriales-afrontan-un-debate-decisivo-para-su-colegiacion.html

https://www.dropbox.com/s/aoukqdj7y0eoqp1/EsDiario17032018_IngIndustrialesAfrontanDebateDecisivoColegiacion.pdf?dl=0

 

  • Por Salvador Puigdengolas *

  • 17 de marzo de 2018, 11:46

Los colegios de ingenieros abordarán si los ingenieros técnicos industriales pueden colegiarse en los colegios de ingenieros industriales

 

Hecho que podría llegar a ser así si, por dos tercios del Pleno del Consejo General de Ingenieros Industriales, se aprobase en la próxima reunión, que ha sido convocado para el jueves 22 de marzo del 2018, y en la que se ha incluido, por parte del Presidente del Consejo, un punto en el Orden del Día para colegiar, a propuesta del Decano delColegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja, a titulados en Máster competenciales (en Energías Renovables, en Biomédica, en Diseño y Desarrollo de Producto,…) que han accedido desde un Grado y que sólo están habilitados, legalmente, para ejercer como Ingenieros Técnicos Industriales, ya que su titulación habilitante se la da el Grado de acceso.

Como se ha ido conociendo, el documento de la propuesta, elaborado por el Secretario del Consejo y Decano del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y LaRioja, pretende colegiar, en los Colegios de Ingenieros Superiores Industriales, a habilitados profesionales tan solo como Ingenieros Técnicos, “por mucho título de máster especialista que dichas personas posean”, tal como han manifestado varios vocales de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Comunitat Valenciana.

Propuesta que, conforme a lo indicado por la propia normativa vigente, resultaría ilegal y en cuya votación podría llegar a concurrir un ilícito penal de prevaricación, tal como han informado juristas consultados, no cabiendo imaginar que una profesión sujeta a colegiación obligatoria, como es la de Ingeniero  Industrial, llegase a colegiar, voluntariamente y en sus Colegios Profesionales, a personas que, sin embargo, no estuvieran capacitadas para el ejercicio profesional de Ingeniero Industrial y más, si cabe, por la existencia de Sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso- Hecho Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 26 de septiembre de 2013, que dictó el siguiente fallo: “Primero.- Estimar parcialmente el recurso interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales de España, anulando los artículos 5.4 y 6.f) de los Estatutos del Collegi d’Enginyers Industrials de Catalunya en aquello que se refiere a la inclusión de los ingenieros químicos, los ingenieros en organización industrial o los ingenieros geólogos, así como la resolución de la Consejera de Justicia de la Generalitat de Catalunya objeto de impugnación en lo que se refiere a la declaración de adecuación a la legalidad de los mencionados preceptos, …”

Medida ilegal que generaría un principio de inseguridad jurídica a la sociedad, en general, y a los administrados, en particular, puesto que no llegarían a entender que los Colegios Profesionales no son meras asociaciones de titulados universitarios, sino corporaciones de derecho público que, cuando son de adscripción obligatoria, están llamados a desarrollar importantes funciones públicas sobre la profesión regulada, como la propias ordenación de la profesión, la representación institucional exclusiva o la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y protección de los usuarios y consumidores de los servicios de sus colegiados, tal como se manifiesta una sentencia del Tribunal Constitucional.

 

Principios rectores que contempla la Constitución Española y que el constituyente quiso separar a los Colegios Profesionales de un régimen general asociativo tal como reza en el artículo 36, porque sus funciones se dirigen “no sólo a la consecuencia de fines estrictamente privados, lo que podría conseguirse como una asociación, sino esencialmente a garantizar que el ejercicio de la profesión se ajuste a normas o reglas que aseguren tanto la eficacia como la eventual responsabilidad en tal ejercicio que, en principio, por otra parte, ya ha garantizado el Estado con la expedición del título habilitante, según indica la Sentencia 89/1989, de 11 de mayo”.

Indicación que sustenta el reciente Criterio del Consejo de Estado, refrendado en Sentencia del Tribunal Supremo del 8 de noviembre del 2017, que viene a indicar que “es claro que lo decisivo para el acceso de los Colegios Profesionales es la posesión de un título con arreglo a un plan de estudios que se corresponda con las previsiones de la Orden Ministerial…” -que para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Industrial se corresponden con la Orden CIN/311/2009, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales habilitantes-. “Por ende,  la  incorporación  en  la  denominación  de  nuevos  colegiados  está  sujeta  y condicionada en todo caso a la realización de los planes de estudios que habilitan para el ejercicio de la profesión”, puesto que títulos de Master “genéricos e indeterminados (…) genera confusión y error entre las entidades colegiales”.

Por tanto, “en la medida que la propuesta controvertida elevada a Pleno del Consejo de Ingenieros Industriales, incorpora Títulos de Master que no se corresponden con la titulación exigida para ejercer la profesión regulada de Ingeniero Industrial por no cumplir la Orden CIN/311/2009, de 9 de febrero, podría generarse confusión entre los profesionales además de resultar del todo ilegal”, tal como indican varios vocales de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Comunitat Valenciana.

Afirmación reforzada por Dictamen del Consejo de Estado que, en una reciente resolución, indica que “toda mención a la colegiación de titulados que no reúnan los requisitos necesarios para ejercer una profesión deben ser suprimidos de los estatutos colegiales”, indicándose que sólo quienes estén en la posesión de la titulación universitaria que permite ejercer la profesión deben poder colegiarse pues así resulta del artículo 15.4 del R.D. 1393/2007, de 29 de octubre, que indica las condiciones de los planes de estudio para las distintas profesiones de ingeniero técnico e ingeniero, así como de los Acuerdos de Consejo de Ministros, a propuesta de la Ministra de Ciencia e Innovación, de 26 de diciembre de 2008 y la mencionada orden CIN/311/2009, de 9 de febrero. Además, los vocales de la Junta de Gobierno del COIICV, enuncian, en su argumentación, los criterios que la Secretaria General Técnica del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ha mantenido hasta la fecha.

 

Por tanto, el argumento de quien presenta la propuesta, el Secretario del Consejo y Decano del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja, como han podido analizar, no sólo retuerce la formación recibida en esos Grado más Master Especialista, indicando que “dichos titulados han recibido los mismos contenidos formativos que los que recibe un ingeniero industrial”, sino que no ha entrado en diferenciar la formación, científico – básica que caracteriza la formación de un Ingeniero Industrial (complementos de matemáticas, de física, de química, de álgebra, cálculo, estadística,…), frente a la aplicada y utilitarista que reciben a quienes se les forma para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial.

 

Además, la propuesta elevada al Pleno se ha llevado sin haberse consultado su idoneidad a la administración competente, pues tal como está redactada resultaría ilegal, pues son contrarios a los argumentos del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo, del Consejo de Estado y de la Secretaria General Técnica del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, por lo que llevar a cabo una votación y su aprobación, en contra de lo que la legislación vigente establece y los criterios jurisprudenciales indican, conllevarían un acto delictivo establecido en Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal y tipificado como prevaricación.

 

Propuesta, trascendente para el futuro de la profesión y de los estudios de Ingeniería Industrial, que se ha llevado a cabo sin recabarse la opinión de todos los que están involucrados en la profesión y no sólo por quien dice representarla y cuya propuesta es la integración, en los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales, de personas tan solo habilitadas para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial. Propuesta similar que ya fue rechaza por la Junta General del Colegio de Ingenieros Industrialesde Madrid (COIIM) el 27 de febrero de 2016 con una holgada mayoría de casi el 60 % de los presentes y delegados, y que le costó el cargo a la Decana de Madrid María Teresa Esteva.

 

*Decano del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Comunidad Valenciana

 

 

 

2/La necesaria evolución de los Colegios Profesionales

de https://www.linkedin.com/pulse/la-necesaria-evoluci%C3%B3n-de-los-colegios-profesionales-cesar-franco/

Cesar Franco

Cesar Franco

El pasado sábado, al tiempo que la mayoría de Colegios de Ingenieros Industriales celebrábamos la festividad de San José, nuestro compañero, Salvador Puigdengolas publicaba en el medio on-line esdiario.com un artículo que, bajo el título de «Los ingenieros industriales afrontan un debate decisivo para su colegiación», comenzaba con «Los colegios de ingenieros abordarán si ingenieros técnicos industriales pueden colegiarse en los colegios de ingenieros industriales»

Al margen de consideraciones sobre la oportunidad de esta publicación, que no hace sino perturbar el debate que debe producirse en el seno del Pleno del Consejo General del Consejo de Ingenieros Industriales, presenta una información que entendemos sesgada, defendiendo una posición tendente a evitar la necesaria evolución de los Colegios Profesionales, y una adaptación gradual a la realidad derivada del nuevo marco educativo que supuso la implantación del Espacio Europeo de Educación.

El artículo parte, según mi opinión, de dos errores: el objetivo de la votación, y la normativa de referencia. Por un lado, aplica la normativa prevista para los titulados del Master Universitario de Ingeniería Industrial, cuya colegiación es obligatoria, a aquellos otros másteres afines al ámbito de la ingeniería industrial, que únicamente podrían incorporarse voluntariamente. En este sentido, la propuesta del Colegio de Aragón y La Rioja no está pensando en la colegiación obligatoria de los Ingenieros Industriales, sino en un supuesto de ingreso voluntario de otros titulados (a los que podría denominarse adheridos), amparándose para ello en el artículo 3 del Real Decreto 1332/2000, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y de su Consejo General. Dispone este artículo que los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales integrarán obligatoriamente a todos los Ingenieros Industriales en el ejercicio de su profesión y podrán integrar «a otros Ingenieros de segundo ciclo cuyos títulos abarquen campos incluidos en la Ingeniería Industrial, siempre y cuando no exista un Colegio específico que agrupe a un colectivo determinado por su título de especialidad […]». Esta es la base legal utilizada por el Colegio de Aragón y La Rioja para proponer la integración de las nuevas titulaciones, si bien no como colegiados obligatorios. Veamos por qué.

Como es bien sabido, la de ingeniero industrial es una profesión titulada y colegiada. La regla general de necesaria colegiación se recoge en el artículo 3 de los Estatutos Generales y se corresponde con lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley de Colegios Profesionales, según el cual “Será requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones hallarse incorporado al Colegio Profesional correspondiente cuando así lo establezca una Ley estatal”. Sin embargo, este tradicional régimen de colegiación ha sufrido un proceso de transformación, debido a dos claras circunstancias.

Como es bien sabido, la de ingeniero industrial es una profesión titulada y colegiada

Por un lado la aprobación de la Ley 25/2009, de 23 de diciembre (Ley Omnibus), que introdujo un importante cambio que rompía con el sistema tradicional y abría puerta a la colegiación voluntaria (aunque quedaba supeditado a la aprobación de una Ley reguladora de las profesiones de colegiación obligatoria). La SS TC 3/2013, de 17 de enero de 2013, dio por hecho que el modelo tradicional ya había cambiado y así lo indica en su fundamentación jurídica: “Antes de la reforma operada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre […], la Ley 2/1974, de 13 de febrero, consagraba un modelo único de colegio profesional caracterizado por la colegiación obligatoria, pues los profesionales estaban obligados a colegiarse para «el ejercicio de las profesiones colegiadas». Tras su reforma, el legislador estatal ha configurado dos tipos de entidades corporativas, las voluntarias y las obligatorias. El requisito de la colegiación obligatoria constituye una barrera de entrada al ejercicio de la profesión y, por tanto, debe quedar limitado a aquellos casos en que se afecta, de manera grave y directa, a materias de especial interés público, como la protección de la salud y de la integridad física o de la seguridad personal o jurídica de las personas físicas, y la colegiación demuestre ser un instrumento eficiente de control del ejercicio profesional para la mejor defensa de los destinatarios de los servicios, tal y como se deduce de la disposición transitoria cuarta de esta misma norma.

En definitiva, los colegios profesionales voluntarios son, a partir de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, el modelo común, correspondiendo al legislador estatal, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, determinar los casos en que la colegiación se exige para el ejercicio profesional y, en consecuencia, también las excepciones, pues éstas no hacen sino delimitar el alcance de la regla de la colegiación obligatoria, actuando como complemento necesario de la misma. La determinación de las profesiones para cuyo ejercicio la colegiación es obligatoria se remite a una ley estatal, previendo su disposición transitoria cuarta que, en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de la ley, plazo superado con creces, el Gobierno remitirá a las Cortes el correspondiente proyecto de ley y que, en tanto no se apruebe la ley prevista, la colegiación será obligatoria en los colegios profesionales cuya ley de creación así lo haya establecido” (FJ 7)

La segunda circunstancia que está contribuyendo al cambio del concepto tradicional de colegiación, es el Espacio Europeo de Educación Superior, que ha venido a quebrar el tradicional vinculo existente entre titulación/profesión/colegiación. Al margen de otras muchas novedades introducidas con este sistema, lo cierto es que nos encontramos ante un extraordinario número de titulaciones nuevas, lo que viene a chocar con el concepto existente de la ingeniería técnica como especialista y la ingeniería (industrial) como generalista. En el campo de la Ingeniería Industrial, y frente a la concepción inicial de grados y másteres, se ha resuelto en nuestro país con la implantación de un conjunto de grados especialistas destinados al acceso a la profesión regulada de Ingeniero Técnico Industrial, y de un grado generalista y sin atribuciones (el Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales o GITI), destinado, en conjunción con el Máster Universitario en Ingeniería Industrial, a la habilitación para ejercer la profesión de Ingeniero Industrial.

Así, existe una pluralidad de titulaciones relacionadas con la Ingeniería Industrial que no habilitan para el ejercicio de la profesión regulada de ingeniero industrial, pero que, sin tener atribuciones, pueden llegar a capacitar para el ejercicio de profesiones relacionadas con la Ingeniería industrial y que tendrían cabida a través de la figura de la adhesión voluntaria.

Es posible la adhesión voluntaria en colegios de colegiación obligatoria, pues el Tribunal Supremo lo ha admitido expresamente en sentencia de 15 de Abril de 2002

[Extracto de la sentencia del Tribunal Supremo de 15 de Abril de 2002]

SEPTIMO.- La conclusión que acabamos de exponer parte, como premisa, de que no toda profesión titulada (entendida en el sentido de profesión cuyo ejercicio viene normalmente precedido de la adquisición de títulos académicos) debe, necesariamente, ser también profesión colegiada. Sólo cuando la Ley, por consideraciones de interés general, exige que unos determinados profesionales –habitualmente caracterizados por su titulación universitaria– se integren de modo obligatorio en los Colegios respectivos como requisito preceptivo para su ejercicio profesional, sólo entonces, decimos, la profesión titulada se convierte en profesión sujeta a colegiación obligatoria.

El Legislador español ha extendido esta exigencia a unos profesionales determinados, no a todos. No ha considerado necesario, en efecto, que algunas profesiones correspondientes a títulos de nivel universitario sean sometidas al régimen de colegiación obligatoria, probablemente tanto por consideraciones de interés general cuanto porque la defensa de los correspondientes intereses podía ser asumida por entidades asociativas diferentes de los Colegios Profesionales. Otras profesiones en cambio, por lo común aquellas que tenían una mayor raigambre histórica, sí han sido sujetas a la colegiación obligatoria, lo que exige tras la Constitución una decisión parlamentaria de rango legal.

La doble reserva de Ley a la que alude el artículo 36 del texto constitucional (de un lado, para regular las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales; de otro, para el ejercicio de las profesiones tituladas) requiere, aplicada al caso de los Colegios, que la sumisión obligada de unos determinados profesionales a la colegiación obligatoria sea objeto de norma con rango de ley. La restricción al régimen de libertad profesional –y, en cierta manera, a la propia libertad asociativa– que implica este género de medidas justifica, por sí misma, la cautela de que sólo el Parlamento las establezca.

Pero, a nuestro juicio, la reserva de ley no se extiende a la posibilidad de que un determinado Colegio –como aquí ocurre con el de Químicos– admita en su seno a otros profesionales titulados que, no estando ellos mismos sujetos a colegiación obligatoria en un Colegio Profesional diferente, voluntariamente así lo decidan; en el buen entendimiento de que esta posibilidad sólo está abierta a quienes, además de la condición antedicha, se encuentren en posesión de títulos universitarios relacionados con el objeto de la profesión correspondiente al Colegio que los va a acoger. En el caso de autos, esta relación ciertamente existe pues los títulos universitarios o superiores cuya posesión permite solicitar la colegiación voluntaria son aquellos que estén «fundamentados en la Ciencia y Tecnología Químicas».

Aclarado lo anterior resta decir que el control colegial sobre estos profesionales no puede tener carácter imperativo. Además la función de visado de sus trabajos – para aquellos campos en los que no exista reserva de actividad – no podría ser considerada como función pública sino como una mera revisión documental potestativa. Es decir, los nuevos miembros adheridos, con carácter voluntario, no serán miembros de menor entidad, pero si tendrán diferencias notables con los colegiados obligatorios.

Esto, ya ocurre de hecho en los Colegios Profesionales de Ingeniería Industrial, donde se incorporan de facto a la organización colegial personas con otras titulaciones, bajo figuras como titulado adherido, estudiante asociado o estudiante adherido . El propio Colegio de Valencia incorpora con la figura de la precolegiación para que estudiantes de G.I.T.I y de Máster de Ingeniería Industrial puedan acceder al colegio.

Es, por tanto, necesario asegurar que:

a) Las nuevas figuras de adscripción están en consonancia con el artículo 3 del Real Decreto 1332/2000, de 7 de julio. Esto es, se trata de «otros Ingenieros de segundo ciclo cuyos títulos abarquen campos incluidos en la Ingeniería Industrial, siempre y cuando no exista un Colegio específico que agrupe a un colectivo determinado por su título de especialidad. El análisis de las titulaciones realizado de cara al próximo Pleno del Consejo, así lo pone de manifiesto, definiendo claramente qué titulaciones y recorridos formativos pueden enmarcarse en esta categoría, y cuales no.

b) El modelo de adhesión planteado no da lugar a confusión alguna para el destinatario de los servicios entre la profesión regulada de Ingeniero Industrial, de adscripción obligatoria, y los profesionales de adhesión voluntaria, tanto en la denominación de dicha figura de adhesión, como en los derechos y obligaciones de ambos colectivos.

c) Dicha incorporación se hace de forma homogénea y armonizada entre todos los colegios. Y, la propuesta realizada por el Colegio de Aragón y la Rioja, es un primer paso en este sentido.

El modelo de adhesión planteado no debe dar lugar a confusión para el destinatario de los servicios entre la profesión regulada de Ingeniero Industrial y los profesionales de adhesión voluntaria

 

52 comentariosComentarios del artículo de Cesar Franco

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A alguien se le pasa por la cabeza que un enfermero pueda ejercer como médico y se colegie como tal? Pues eso…

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Fernando Blanco Silva, siguiendo tu analogía, no estamos hablando de colegiar a entermeros sino de dar servicios, con una figura diferente a la de la colegiación obligatoria, a personas con estudios de medicina que, no ejerciendo la profesión de médicos – no tienen atribuciones -, sí están trabajando en el campo médico, por ejemplo, en laboratorios, centros de investigación o en empresas del sector. De hecho, su incorporación, con una figura diferenciada, no sólo enriquece el conocimiento del colectivo agrupando a personas que desarrollan su profesión en el ámbito de la medicina, sino que también facilita la actuación de los colegios profesionales ante profesionales que, sin atribuciones, quieran ejercer como médicos.

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Crees que en un colegio de médicos un ATS o a un estudiante de cuarto de medicina puede aportar slgo? Pues exactamente lo mismo que un perito industrial en un colegio de ingenieros superiores. NADA

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Fernando, estamos hablando siempre de nivel formativo Superior, esto es, MECES 3, – nunca de grados, que tienen sus respectivos colegios. Por tanto, la duda que se plantea es si tiene cabida y en qué forma en un colegio de médicos una persona que ha realizado un Máster Universitario en Biomedicina y Oncología Molecular aunque no pueda ejercer la profesión de médico, o un Máster Universitario en Automática, Robótica y Telemática  en un colegio de ingenieros industriales aunque no pueda ejercer la profesión de ingeniero industrial

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Amigo César, es que los intereses de un titulado en Robótica y Telemática que no tiene competencias profesionales limitan y son contrarios a los intereses de un ingeniero industrial, no puedes defender los intereses de ambos porque son distintos y opuestos. El máster universitario en robótica se intentaría colegiar como ingeniero industrial para dar a entender lo que no es… sino, ¿qué objeto tiene colegiarse? Entiendo que el Máster Universitario en PRL también puede colegiarse por este principio, no?

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Si yo cursara un Máster en Automática y me dejan colegiarme como ingeniero industrial claro que lo haría. Podría dar a entender que soy ingeniero industrial sin serlo, al firmar documentos con un número de colegiado e incluirlo en la tarjeta de visita, faltaría más.

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Siendo un modelo diferente en cuanto al origen los colegios profesionales británicos incorporan miembros corporativos de varios niveles según titulaciones o experiencia y miembros asociados o afiliados que pueden ser de cualquier profesión pero cuya especialización se desarrolla en el ámbito profesional de cada colegio (abogados, economistas…) y por lo tanto tienen mucho que aportar al desarrollo de las profesiones.

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Abrir opciones para el comentario de Manuel N.

 

Fernando me quedo casi mejor con el modelo anglosajón de distintos niveles. Solo pensar ahora que hace veinte años firmaba los proyectos que firmaba sin experiencia alguna me parece una locura.

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El colegio de ingenieros superiores está concebido para defender los intereses de los ingenieros superiores, que son limitrofes y opuestos con los de ingenieros técnicos y profesiones que se quieren arrimar. Si permites la colegiacion de otras profesiones pasarás a defender a estas profesiones (no creo que un ingeniero técnico sea tan imbecil de colegisrse para defender los intereses de los superores). (editado)

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Abrir opciones para el comentario de ✰ José Luis Caballano Alcántara

 

Los colegios son, y pueden ser, mucho más que defensores de colegiados. Existen seguridad en el ámbito legal que te pueden resolver ese asunto. No pensemos que siempre hay alguien en contra nuestra. Si alguien piensa que el colegio de ingenieros industriales va a ir en contra de los ingenieros industriales es un poco ingenuo. Pero muchas veces el colegio podrá ir en defensa de la Ingenería en general y tendrá mucha más fuerza. O incluso proteger a un ingeniero no Industrial en cualquier situación de desamparo profesional que no perjudique a un ingeniero industrial. Y somos conscientes que nuestras cuotas podrán ser utilizadas en prejuicio propio pero tenemos la confianza de que habrá una magnífica relación y que será mucho mayores los beneficios para todos.

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El colegio de ingenieros industriales debe defender exclusivamente los intereses de los ingenieros industriales, que somos los que pagamos las cuotas. Para defender los intereses comunes de los ingenieros con competencias está el Instituto de la Ingeniería de España (Caminos, Minas, Telecomunicaciones, agrónomos, montes, ICAÍ….). Para defender los derechos de los ingenieros en diseño industrial, organización industrial, químicos, ingenieros genéticos, ingenieros de software, ingenieros de calceta, ingenieros del botijo, ingenieros comerciales y seudoingenieros varios pues espero que ni uno ni otro lo hagan.

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Buenas tardes Decano. Bajo mi punto de vista, lo que defiendes en el artículo desnaturaliza la función de los colegios profesionales. El modelo actual es tradicional de España y tiene una función de regulación de la profesión. En el momento en que se admitan a profesionales que tienen “competencias” pero no “atribuciones”, implícitamente se está convirtiendo el colegio en una simple asociación, mermando el carácter oficial del mismo. Esto favorece la transición de un modelo de atribuciones a un modelo de certificaciones, existente en otros países y que por otro lado es lo que están deseando los colegios de ingenieros técnicos en detrimento de nuestros derechos como ingenieros de grado superior. Podemos abrir un debate en torno a si éste es el modelo legislativo que queremos, pero no debemos perder de vista que este sistema nos perjudica enormemente y someternos a él supondría el harakiri de la ingeniería industrial. Un cordial saludo.

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Abrir opciones para el comentario de Jose Lores

 

El modelo pre-Colegios era precisamente el tradicional, un Instituto de Ingeniería de España con Asociaciones Profesionales para cada disciplina, hablamos de hace más de 100 años. Modelo ahora dependiente de los Colegios y con muy poco valor real lamentablemente.

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César gracias, te felicito por tus comentarios en los que demuestras un gran conocimiento de la legislación que nos afecta y de los avatares que actualmente rodean a nuestra profesión, cosa que se echa en falta en La mayoría de los comentarios, dando opiniones con criterios que parece no ver más allá de su propio ombligo. Efectivamente debemos de prestar atención a la DirectivaServios, a la ley Ómnibus, rd 1000/2010 a Bolonia por supuesto y al gran confusionismo existente en la Administración sobre el papel de «técnico competente» lo que está llevando a crear comisiones interministeriales y grupos de trabajo para tratar de aclarar el embrollo. Los Master en ingenierías afines crecen en las universidades y nuestros estudiantes bajan en picado, esos master van a ocupar en pocos años muchos puestos de ngenieria de nuestro nivel que no necesitan ser profesión regulada, como ocurre en el 80 por cien de los trabajos por cuenta ajena. Formarán un gran colectivo que proporcionarán un gran potencial ingenieril’, si no lo queremos ver alguien lo aprovechará. Por ello debemos de espabilarnos y no cruzarnos de brazos, hay que posicionarse para que nuestros colegios sigan dando buen servicio a todos y seguro que así dispondremos de mayor fuerza para defender nuestra profesión regulada o no, según vengan los acontecimientos que salgan del embrollo existente actualmente.

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Estimado Leopoldo, me temo que, cuando leas el comentario que he introducido esta misma tarde, así como el articulo POR ALUSIONES, escrito el Decano de Valencia en su perfil https://www.linkedin.com/pulse/por-alusiones-salvador-puigdengolas-rosas-1/ , no podrás más que concluir que, lo que algunos han demostrado, no ha sido precisamente un gran conocimiento, más bien un gran desconocimiento sobre la legislación. Y con respecto a lo que dices de «opiniones con criterios que parecen no ver más allá de su propio ombligo» , ¿no crees que ha sido precisamente con él con lo que han votado quienes lo han hecho en dirección contraria a la manifestada por su colectivo cuando se les consultó?. Un abrazo.

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Bajo mi punto de vista , el Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales (o su presidente) ha abordado extraordinariamente mal este importante asunto de la propuesta de nuevas incorporaciones de titulaciones que no sirven para ejercer la profesión regulada de Ingeniero industrial (en mi opinión ilegal en la actualidad, aunque pueda ser virtualmente reglamentaria) , ya que el tema se ha enfocado desde arriba y sin informar y hacer participes en el debate a las bases que son el conjunto de los colegiados de cada colegio. Desde el Consejo General se debería planificar plantear unos debates específicos y sosegados en cada uno de los colegios de ingenieros industriales para que el conjunto de colegiados pueda decidir una vez evaluados los argumentos a favor y en contra de este tipo de planteamientos, y posteriormente en Junta General de cada Colegio, se decida la posición de cada colegio ante las votaciones del consejo y su Pleno. Justo lo contario de lo que estimo se ha hecho en muchos colegios, donde la decisión se ha tomado por el decano y una mayoría de su junta de gobierno, sin debates con el colectivo, ni convocatorias de Juntas Generales Extraordinarias. Vamos, que LA TRANSPARENCIA, NI ESTÁ, NI SE LA ESPERA

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Coincido contigo plenamente José Antonio.Entiendo que nos enfrentamos a un desafio a la legalidad vigente sin precedentes en el que urgen comportamientos mas honestos y que se imponga el cumplimiento de la Ley.

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Yo creo que algunos pretenden transformar los colegios profesionales en meras asociaciones, ya que no creen en los colegios.Entiendo que integrar profesiones distintas con intereses comunes corresponde al ambito de las asociaciones

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Por lo expuesto, la propuesta es un pequeño paso, con la seguridad de que salvaguarda los intereses legítimos de los titulados en ingenería industrial. Con ella se adaptan los colegios al marco legislático vigente. Los colegios profesionales son, y deben ser, mucho más que corporaciones de derecho público destinadas a visar trabajos y ordejar una profesión concreta. Y es ahí donde existe recurso que reaprovechar, compartir y colaborar en su desarrollo y sostenimiento.

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En mi opinión, hay que evitar, mientras jurídicamente sea posible, la inclusión en Colegios de Ingenieros Industriales de otros titulados, por relacionados que estén sus estudios con el ejercicio profesional de los Ingenieros Industriales. Desde asociaciones de esos titulados se está, deliberadamente, fomentando una ambigüedad que promueva la confusión y la competencia por empleos tanto en el ámbito privado como en el público. Por poner un ejemplo, la ‘Asociación profesional de Ing. de Organización Industrial de España’, la mayoría de los cuales son Graduados, -aunque en alguna Universidad exista esta denominación para un título de Máster-, es muy activa en redes sociales, especialmente en Twitter (@aingoi). A diario publican informaciones que favorecen la confusión. Así, abogan por no hablar de la “profesión de ingeniero industrial” sino de la “profesión de ingeniería industrial”, según dicen, “por no discriminar al resto de titulaciones con las que comparte competencias (como Ing. Org. Ind.)”. Por otra parte, muchos Graduados en Ingeniería se suelen presentar como Ingenieros, sin más (Eléctricos, Mecánicos, etc.). Nunca dicen Ingeniero Técnico, ni Graduado en Ingeniería. Simplemente, Ingeniero. Por no mencionar las tan traídas coletillas de Ingeniería “en la rama industrial”, o en el “ámbito industrial”. La confusión está servida. Debemos evitarla, en lo posible. A cada uno, lo suyo.

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Gracias por la rectificación. Un saludo.

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✰ José Luis Caballano Alcántara, tienen los ingenieros en organización industrial alguna competencia reconocida x el hecho de tener esa titulación? Tenéis las competencias de los ingenieros técnicos industriales al menos?

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En realidad quien quiera cerrar los ojos a la evolución de la ingeniería en España, está en su derecho. Lo que está claro que por su propio peso llegará a su lugar es que existen nuevas ingenierías que especializan a los ingenieros en sus diferentes especialidades industriales y que el mercado se ha hecho eco de ello. Cada vez son más demandados los Ingenieros Químicos, Los Ingenieros de organización Industrial, los Ingenieros Eléctricos… Por otra parte, en las pruebas de acceso a Ingeniero Industrial de la administración publica, son cada vez más los que conocen sus derechos a participar y los que superan a ingenieros industriales clásicos demostrando de esa manera sus perfectas competencias. Es normal que quien teme perder su estatus sus beneficios a golpe de la antigua legislación se queda atrás frente a los profesionales perfectamente cualificados y especializados que no pararan de llegar. Existen diferentes opciones, una es que cada ingeniería especializada posea su colegio en la que consigan y defiendan sus atribuciones ( con lo que llegará el momento en que se demuestre (por ejemplo que un Ingeniero Químico posee mayor competencias en Ingeniería Química que un Ingeniero Industrial y se pongan a luchar por arrebatárselas

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… y sobre todo por comunicarlo a la sociedad (con lo que finalmente, si se necesita un proyecto químico, se solicite a un ingeniero químico y no un industrial). Y así con el resto de especialidades derivadas de la las ramas industriales. Existe la posibilidad de que los colegios industriales deseen acoger a las diferentes ingenierías sin permitirles las atribuciones propias a sus competencias, estos ingenieros tarde o temprano se revelaran y las solicitaran, esgrimiendo exactamente lo mismo. No es posible que un ingeniero químico posea menos competencias que un ingeniero industrial químico. Exactamente igual ocurrirá con las demás especialidades. Finalmente el ingeniero industrial clásico saldrá muy perjudicado en cuanto al reconocimiento de la sociedad de sus competencias reales. Ya que todas las ingenierías proclamaran a los cuatro vientos que estando mejor preparados las leyes anticuadas no les permiten ejercer, ya que a quienes benefician se oponen (al igual que ocurre en este momento). Y otra solución sería que los colegios profesionales reciban a los especialistas en igualdad de condiciones que están los clásicos de dicho especialidad, con lo que se harían colegios profesionales fuertes no segmentados.

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Los ingenieros químicos no son una profesión regulada y no tienen facultades o atribuciones para firmar o dirigir proyectos.Sólo los ingenieros industriales las tienen.

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Y por cierto, ni un solo comentario, y en general tampoco difusión por parte de los colegios de II tan siquiera a sus bases sobre que pasó en el Pleno del CGCIIE del 22 de Marzo respecto a la presuntamente «ilegal» , aunque virtualmente Reglamentaria propuesta del COIIAR de nuevas «incorporaciones» a los colegios de ingenieros industriales de titulaciones que no tienen atribuciones para ejercer la profesión regulada de ingeniero industrial. TRANSPARENCIA A TOPE, COMO SIEMPRE. Claro que si no se les informó a las bases de la trascendente decisión que se iba a tratar en el Pleno, quizás tampoco se haga de lo que aconteció en dicho Pleno

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Javier Guerrero, por sus palabras, imagino que no hay ningún enlace en Internet en el que se pudiera leer una transcripción/acta de dicho Pleno. Sería interesante leerla. O, al menos, un resumen de las decisiones adoptadas.

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Pues me temo que no, porque las actas de los Órganos de Gobierno (Pleno o Junta de decanos) del Consejo General de Colegios de Ingenieros industriales de España (CGCIIE) están en la Pagina Web del Consejo, pero en la parte restringida con acceso con contraseña solo disponibles a los miembros de cada Órgano de Gobierno del Consejo. Por lo que la información hacia las bases es casi nula. E incluso he oido que algún decano ha apercibido a los miembros de su Junta de Gobierno de la supuesta confidencialidad de los documentos de estos Órganos,, obstaculizando al máximo la trasnsmisión de la información, lo que dudo mucho cumpla las disposiciones actuales de la legislación vigente sobre transparencia

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Dado que algunos son muy proclives a confundir, aclaro, para evitar confusiones, que escribo como Luis-Manuel Tomás, colegiado nº 183 en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Región de Murcia. En contestación a la consulta del compañero Javier Guerrero puedo aportarles, en mi condición de miembro del Pleno, la siguiente información: NO resultó aprobada la colegiación en nuestros Colegios de titulaciones distintas a las de Ingeniero Industrial, conforme a la propuesta formulada por el Colegio de Aragón, al no alcanzarse los 2/3 de votos favorables de miembros del Pleno necesarios para aprobarse. No puedo evitar referenciar que el desarrollo del Pleno fue nuevamente un reflejo de los modos imperantes en algunas instituciones de nuestro país, pues, nada más iniciarse el tema, el Presidente nos dijo que no hacía falta mucho debate dado que todo el mundo iba ya con su voto predecidido. 11 personas pedimos intervenir y nos contestó que, dado que se iba a dedicar media hora para el debate, que nos concedía un tiempo de 3 minutos por cabeza. Si bien protestamos con el argumento de que un tema de tanta importancia y trascendencia, se fuera a tratar con tal frivolidad, allí pusieron un reloj y, cuando se alcanzaba el tiempo te cortaban la palabra (en mi caso concreto, hasta se desplazó hasta donde yo me encontraba sentado el Decano de Madrid para intentar retirarme el micrófono; viéndome obligado a interpelarle si es que había pasado a ser el Presidente del Consejo). En mi intervención de 3 minutos la argumentación que expuse fue la siguiente, en la que aporté algunos documentos que, dado que algunos en su día se negaron a que yo formara parte de la Comisión de Estatutos del Consejo, pues tuve que verme obligado a reservarlos para cuando el asunto se sometiera a debate en el Pleno: 1) El Orden del Día explicitaba «integración» de nuevas titulaciones 2) No obstante, el documento de Aragón hablaba de «colegiar» 3) Que «colegiar» era imposible por cuanto el Art. 9 de nuestros Estatutos establece que «Es requisito indispensable para ser admitido como colegiado: estar en posesión del título de Ingeniero Industrial,» 4) Que siendo obvio que esos nuevos titulados no disponen de título de Ingeniero Industrial, si bien desconocía lo que era «integrar», lo que tenía claro es que no era «colegiar», como decía Aragón… aunque fuera «colegiación voluntaria». 5) Que nuestros actuales Estatutos no contemplan la figura de «colegiación voluntaria». En cualquier caso, al no dejar de ser ésta una subparte de la de «colegiación», conforme al requisito indispensable que establecen nuestros Estatutos para la figura de colegiado, tampoco podía plantearse para dar cabida en ella, con nuestros actuales Estatutos, a las nuevas titulaciones. 6) En consecuencia que la única posibilidad que quedaba, para poder abordar legalmente la votación allí planteada, era proceder antes a una modificación de nuestros Estatutos para incorporar a ellos la figura de «colegiación voluntaria» -o adheridos, como se llegó allí a cambiar la denominación por el Decano de Aragón-, claramente diferenciada de la única actualmente contemplada de «colegiación». Pero entonces aludí al reciente Dictamen del Consejo de Estado, de noviembre de 2017 -que en una intervención anterior fue esgrimido por el Decano del Colegio de Valencia- por el que se formulaba el reparo, con carácter esencial, a la propuesta de Estatutos de un Colegio de Ingenieros que, introduciendo la figura del colegiado voluntario, se la habían hecho quitar con el argumento de que dicha fórmula no podía tener cabida en un colegio de colegiación obligatoria; como es el nuestro también. 7) Que si bien el texto de nuestros actuales Estatutos contemplaban una posibilidad de integrar a titulados «de segundo ciclo», el Colegio de Aragón lo que estaba planteando era la colegiación de «Masters». Y que los títulos de Másters no son de «segundo ciclo». Y que no era algo que afirmara yo, sino que exhibí un documento del Ministerio de Educación y la ANECA en el que así explícitamente se afirmaba. 8) Que si bien por todos era conocido que en diciembre del año 2012 los Ministerios de Industria y Economía nos comunicaron al Consejo que la posibilidad contemplada de colegiación de otras titulaciones existente en el texto del RD de nuestros Estatutos debía ser eliminada por no poder un Consejo/Colegio, en base a sus Estatutos, decidir a quienes colegiaban ya que era una atribución reservada al Gobierno de España, que solo podía regularse por una ley de ámbito nacional, ante la posibilidad de que alguien me argumentara que habían transcurrido 5 años desde que nos dijeron aquello, y que se habían publicado nuevas leyes que podían haber cambiado dicho criterio, había considerado oportuno escribirle en mayo al Ministerio de Economía consultando si, pese al tiempo transcurrido, continuaban manteniendo el criterio de 2002. A lo que había recibido en junio la carta de respuesta del Secretario General Técnico del Ministerio -que allí exhibí- de que nada había cambiado y que el criterio seguía siendo el mismo. Si bien a mí la respuesta me pareció suficientemente contundente, dado que consideré que alguien quizás pudiera argumentar que la «colegiación voluntaria» era algo diferente, me decidí a remitir una nuevo escrito al Ministerio de Economía preguntando si por la vía de la «colegiación voluntaria» si existía la posibilidad de definir la integración de titulados diferentes a los Ingenieros Industriales. A lo que en julio me contestó nuevamente el Secretario General Técnico diciendo que no. Por tanto concluí mi intervención diciendo que se nos estaba sometiendo a votación algo que no tenía cabida, ni amparo, en el vigente texto publicado en el BOE con nuestros Estatutos, ni tampoco, con la legislación vigente, existía la posibilidad de reformarlos para ello.

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Gracias Luís Manuel por tus explicaciones en un entorno de tanto secretismo colegial

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Muchas gracias, D. Luis Manuel Tomás Balibrea por hacernos llegar toda esta interesante información, tan bien documentada, y por sus gestiones a nivel ministerial, muy aclaratorias.

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Para mi sorpresa vi como un Decano, que tenía mandato expreso de su Junta General de no apoyar la colegiación de otros, rellenó las papeletas votando que SI. Tras votar me fui hacia él y le pregunté ¿no me dijisteis el sábado tanto tu, como tu Vicedecano, que vuestro Colegio no era partidario de la incorporación y que votaríais en contra?. A ello me contestó que, como la votación había sido secreta, que no se podía saber lo que él había votado. A lo que le respondí que no hacía falta que nadie me lo dijera pues, estando sentado detrás de él, le había visto rellenar todas las papeletas poniendo SI. En ese momento se puso nerviosísimo y me contestó que, finalmente, su Junta no le había dado un mandato votado expreso y que había acabado considerando allí votar favorablemente. Y cogió su maletín y desapareció. En cualquier caso, como no comparto los modus operandi de nuestra clase política -en todas las elecciones siempre todos han ganado-, debo reconocer que yo no estoy contento con el resultado. Si bien algunos no consiguieron aprobar su propuesta, no puedo obviar que el resultado acabó siendo de 67 votos a favor de la propuesta de colegiarlos, 47 en contra y 1 abstención. Es decir, que ganaron. Aunque, como para conseguir aprobar la propuesta se precisaban 2/3 de votos del pleno (es decir, 76 votos), no los alcanzaron. Claro que tampoco podemos olvidar que, de 21 colegios, tan solo 8 respaldaron la propuesta. Y que algunos de los que la apoyaron, al menos yo, no tengo muy claro de con qué respaldo lo hicieron. Dado que este comentario lo realizo al amparo de artículo del Decano del COIIM, no puedo sustraerme a formular alguna pregunta; máximo teniendo en consideración el peso, con 21 votos, que tiene el COIIM en las votaciones del Pleno del Consejo General. La hemeroteca nos recuerda que no hace tanto que los colegiados del COIIM fueron convocados a una Junta General (31/03/2016) en la que expresaron su opinión contraria a la posible incorporación de titulados no habilitados para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Industrial: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2016/03/01/economia/1456831982_933477.html Por tanto me gustaría que el Sr. Franco nos respondiera cuándo convocó a los colegiados del COIIM para recabar su opinión, para así haber podido expresar en nombre de ellos, con su voto, y el de los representantes del COIIM en el Pleno del pasado 22/04/2018, una opinión contraria a la que sí que expresamente le fue indicada por sus colegiados en la Junta General del 31/03/2016.

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En un entorno de tanto secretismo y con el añadido del voto secreto, por lo que se comenta,, algún decano parece haber engañado , además de a sus bases a sus propios compañeros de su Junta de Gobierno

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El tema en mi opinión , es el cómo se ha tratado este crucial tema y si se han analizado en profundidad los diferentes aspectos y aristas que el hecho representa . La respuesta ,pienso ,que es que NO . Se ha intentado aprobar esto con calzador, sin analizar sus efectos para la Ingeniería Industrial y por consiguiente para el colectivo de Ingeniros Industriales que es al que nos debemos en primera instancia . Un análisis detallado de pasos de este calado es imprescindible , y no meternos en un charco sin saber su profundidad ,no vaya a ser que sea tan profundo que nos ahoguemos . El Cosejo dispone deInformes de especialistas que nos dicen que ,cuando menos, el tema es peliagudo ¿ Deberíamos ,al menos, leernoslos?

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En respuesta al comentario de Leopoldo Espolita, Leopoldo, me temo que, cuando leas el comentario que he introducido esta misma tarde, así como el articulo POR ALUSIONES, escrito el Decano de Valencia en su perfil https://www.linkedin.com/pulse/por-alusiones-salvador-puigdengolas-rosas-1/ , no podrás más que concluir que, lo que algunos han demostrado, no ha sido precisamente un gran conocimiento, más bien un gran desconocimiento sobre la legislación. Y con respecto a lo que dices de «opiniones con criterios que parecen no ver más allá de su propio ombligo» , ¿no crees que ha sido precisamente con él con lo que han votado quienes lo han hecho en dirección contraria a la manifestada por su colectivo cuando se les consultó?. Un abrazo.

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Este artículo, que pude leer anteayer en Cinco Días, al menos a mí, me parece tambien una contestación al artículo del Sr. Franco: https://www.dropbox.com/s/3k4u4s1ybaa14o1/CincoDias29032018-Puigdengolas-DebenEvolucionarLos%C2%A8ColegiosDeIngenieros.pdf?dl=0

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Interesante este artículo de Salvador Puigdengolas decano del colegio de ingenieros de la Comunidad Valenciana,, como lo era también el clarificador artículo, abajo vinculado titulado «Los ingenieros Industriales, afrontan un debate decisivo para su colegiación» que escribió en el periódico EsDiario el 18 de marzo que también originó un interesante debate en linkedin en su día https://www.dropbox.com/s/aoukqdj7y0eoqp1/EsDiario17032018_IngIndustrialesAfrontanDebateDecisivoColegiacion.pdf?dl=0

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Por cierto, César: He oído comentar que votaste en el Pleno del CGCIIE con los votos de los representantes del COIIM no presentes en el Pleno, ¿cual fué el sentido de dichos votos y con que mandato lo realizaste?

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3/ Por alusiones

Salvador Puigdengolas Rosas

Salvador Puigdengolas Rosas

 

de https://www.linkedin.com/pulse/por-alusiones-salvador-puigdengolas-rosas-1/

En fecha de 20 de marzo de 2018, tras rubricar un artículo de opinión publicado el 17 de marzo de 2018 en el diario digital Esdiario.com, en la sección de la Comunidad Valenciana, un compañero, a través de la redes sociales, emitió una serie de consideraciones.

Consideraciones que, siguiendo los criterios de Bernardo Stamateas no voy a entrar a confrontar, ya que lo expuesto sólo nos llevaría una confrontación estéril con debates infructuosos que no harían más que acrecentar la desunión y el desencuentro.

No obstante, sí que cabe formular una serie de aclaraciones en relación a las afirmaciones emitidas:

1.- Una “presunta” intención de perturbar un debate…

En relación a esta afirmación, indicar que el artículo elaborado, y rubricado por mí, no pretendía “perturbar ningún debate”, es más, el artículo en cuestión, y tal como se desarrolla en esta entrada, tan sólo pretendía dirigir la vista de todos a un reciente dictamen del Consejo de Estado, de 30 de noviembre de 2017 (de sólo hace cuatro meses) elaborado conforme a vigentes criterios de Tribunal Supremo (STS 3995/2017, de 8 de noviembre del 2017) y en base a doctrina del Tribunal Constitucional (Sentencia 201/2013, de 5 de diciembre de 2013. Competencias sobre colegios profesionales: nulidad de los preceptos legales autonómicos que atribuyen en exclusiva a los estatutos colegiales el establecimiento del régimen sancionador y disponen la adscripción obligatoria al colegio profesional; interpretación conforme de los preceptos legales autonómicos relativos a la creación de colegios profesionales por reglamento y mediante fusión y segregación, así como a la colaboración y cooperación entre colegios -STC 3/2013-).

Pongo enlace a los documentos en cuestión:

Dictamen Consejo de Estado nº expediente 721/2017, de 30 de noviembre del 2017

STS 3995/2017, del Tribunal Supremo

Sentencia 201/2013, de 5 de diciembre de 2013, del Tribunal Constitucional

2.- A una “información sesgada”:

En relación a este juicio de valor, indicar que la información publicada, tal como se puede comprobar en la mayoría de los párrafos, y en concreto a las referencias normativas, es una COPIA LITERAL de lo expuesto en el Dictamen del Consejo de Estado nº de expediente 721/2017, de 30/11/2017, en el que consta lo así indicado en base a una intervención de carácter preceptivo de este supremo órgano consultivo del Gobierno de España (artículo 107 de la Constitución Española) y desarrollado en base al mandato del título III, art. 22.3 de la Ley Orgánica del Consejo de Estado.

Dictamen Consejo de Estado nº 721/2017, de 30 de noviembre

3.- A “dos errores”:

3.1.- Errores en relación al “objetivo” de la votación:

Me reservo.

3.2.- Errores en relación a la “normativa de referencia”:

En relación a esta declaración, indicar que emitir un juicio de valor de esta característica puede resultar prematuro por quien así lo emite, puesto que queda claro y manifiesto a la vista de que:

§ La mayoría de los párrafos, y en particular toda consideración a normativa de referencia, son COPIA LITERAL de lo expuesto en el Dictamen del Consejo de Estado nº de expediente 721/2017, de 30/11/2017. Manifestación que invito a comprobar en el apartado de consideraciones, subapartado VII.B, observaciones a los Estatutos Generales, artículo 6. Colegiación., así como en el resto del dictamen.

Dictamen Consejo de Estado nº 721/2017, de 30 de noviembre

§ El Dictamen emitido por el Consejo de Estado es un documento oficial donde este órgano expresa su criterio jurídico sobre las cuestiones que le han sido consultadas que, en nuestro caso y como así se expone en el documento, resultan preceptivas puesto que afectaba a los Estatutos de una corporación de Derecho Público, un colegio profesional de adscripción obligatoria, y puesto que así lo establece la Ley Orgánica del Consejo de Estado.

§ En relación a los criterios jurídicos expuestos, y prejuzgados como erróneos, cabe indicar que el proyecto de dictamen lo prepara uno de los Letrados adscritos a la Sección competente, que se debate en la misma y se aprueba, en su caso, por el Consejero Presidente. De ahí, además, se eleva para su aprobación a la Comisión Permanente y posteriormente al Pleno, de ser competencia del mismo. Por tanto, el dictamen del Consejo de Estado es el último trámite, que concluye la tramitación del expediente (art. 2.2 párrafo tercero Ley Orgánica), garantizándose, en todo momento, el principio de seguridad jurídica en la tramitación.

 3.3.- En relación a lo expuesto y relativo al artículo 3 del Real Decreto 1132/2000, de 7 de julio, sí es cierto que se disponga que se “podrán integrar a otros Ingenieros de segundo ciclo cuyos títulos abarquen campos incluidos en la Ingeniería Industrial, siempre y cuando no exista un Colegio específico que agrupe a un colectivo determinado por su título de especialidad, y así se haya aprobado por el Consejo General, a propuesta de algún Colegio, para cada titulación y para cada centro docente, adoptándose el acuerdo por mayoría de dos tercios de los miembros del Pleno del Consejo General”, pero a este respecto hay que matizar y enfatizar que dicha redacción (del año 2000) se corresponde con el catálogo de títulos universitarios “pre-Bolonia” que, por áreas, regulaba y agrupaba los títulos universitarios en tres apartados (Enseñanzas de 1er ciclo – Ingenierías técnicas-, Enseñanzas de 1º y 2º ciclo – Ingenierías Superiores-, y Enseñanzas de solo 2º ciclo), tal como se puede comprobar en el enlace del Ministerio de Educación.

Correspondencia entre Títulos Universitarios Oficiales (‘pre-Bolonia’)

Consideración que, si hacemos caso y cumplimos con lo que, repetidamente por parte del Ministerio de Educación, y otros organismos, han hecho notar de que no existe correspondencia ni equivalencia entre los títulos pre-Bolonia (1er y 2º ciclo), con los actuales títulos de Grado y Master, tal como se recoge y se puede comprobar en:

  • Informe del 17 de julio de 2014 de la Subdirectora General de Coordinación Académica y Régimen Jurídico, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • Informe del 10 de septiembre de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
  • Informe de 11 de mayo del 2015, de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Y, particular y concretamente, en informe del 21 de abril del 2015, de la ANECA que indica (literalmente) que “se ha evitado la identificación de grado con el primer ciclo y máster con el segundo, ya que la división de enseñanzas en estas etapas no son los mismos”.

Informe Aneca

conlleva que dicho artículo de los Estatutos del Consejo sólo es aplicable a los títulos de 2º ciclo de los estudios pre-Bolonia y no a los actuales títulos de Master regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, sin que quepa la menor confusión al respecto a la vista de la documentación y criterios oficiales.

4.- En relación a la Ley 25/2009, de 23 de diciembre, aclarar que tan sólo cabe enunciar el principio de jerarquía normativa a la par que las sentencias enunciadas anteriormente y criterio del Tribunal Constitucional, sin que quepa más aclaración al respecto.

5.- En relación a la argumento esgrimido en relación a la incorporación de facto a la organización colegial de personas como titulado adherido, estudiante asociado o estudiante adherido”, indicando que “el propio Colegio de Valencia incorpora con la figura de la precolegiación para que estudiantes de GITI y de Máster de II puedan acceder al colegio”, con el fin de clarificar la misma, y como se puede comprobar fácilmente, tan sólo remitirme a los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Comunitat Valenciana, aprobados por la Junta General y Asamblea y publicados en el DOCV de 24 de febrero de 2011 con modificación publicada DOCV de 15 de julio de 2013, pudiendo verificarse como dicha figura enunciada no está recogida en el documento oficial, por lo que no existe en el COIICV “incorporación de facto a la organización colegial de personas como titulado adherido, estudiante asociado o estudiante adherido”.

Estatutos Colegio Oficial de Ingenerios Industriales de la Comunitat Valenciana

En conclusión, y a la vista de la documentación y el informe del Consejo de Estado nº de expediente 721/2017, de 30/11/2017 así como los documentos oficiales esgrimidos y enunciados, que no argumentación por mi parte, cada uno es libre de juzgar.

 

 

3/Aclaraciones al artículo «La necesaria evolución de los Colegios Profesionales»

Luis Manuel Tomás Balibrea

Luis Manuel Tomás Balibrea

de https://www.linkedin.com/pulse/aclaraciones-al-art%C3%ADculo-la-necesaria-evoluci%C3%B3n-de-tom%C3%A1s-balibrea/

El artículo que motiva esta contestación, y los comentarios incorporados en él hasta la fecha, puede ser leido en la direccion web https://www.dropbox.com/s/x09gm4qyvhdmqn6/Linkedin30032018-La%20necesaria%20evoluci%C3%B3n%20de%20los%20Colegios%20Profesionales-CesarFranco.docx?dl=0

Para dar contestación a las aclaraciones solicitadas en los comentarios por varios compañeros Ingenieros Industriales sobre lo acontecido en el Pleno del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales, del pasado 22/03/2018, introduje dos comentarios en dicho artículo. Pero, dado que algunos compañeros me han comunicado que tienen problemas para acceder a dicha dirección web, procedo a seguidamente reproducirlos en este articulo:

Dado que algunos son muy proclives a confundir, aclaro, para evitar confusiones, que escribo como Luis-Manuel Tomás, colegiado nº 183 en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Región de Murcia. En contestación a la consulta del compañero Javier Guerrero puedo aportarles, en mi condición de miembro del Pleno, la siguiente información :

NO resultó aprobada la colegiación en nuestros Colegios de titulaciones distintas a las de Ingeniero Industrial, conforme a la propuesta formulada por el Colegio de Aragón, al no alcanzarse los 2/3 de votos favorables de miembros del Pleno necesarios para aprobarse.

No puedo evitar referenciar que el desarrollo del Pleno fue nuevamente un reflejo de los modos imperantes en algunas instituciones de nuestro país, pues, nada más iniciarse el tema, el Presidente nos dijo que no hacía falta mucho debate dado que todo el mundo iba ya con su voto predecidido. 11 personas pedimos intervenir y nos contestó que, dado que se iba a dedicar media hora para el debate, que nos concedía un tiempo de 3 minutos por cabeza. Si bien protestamos con el argumento de que un tema de tanta importancia y trascendencia, se fuera a tratar con tal frivolidad, allí pusieron un reloj y, cuando se alcanzaba el tiempo te cortaban la palabra (en mi caso concreto, hasta se desplazó hasta donde yo me encontraba sentado el Decano de Madrid para intentar retirarme el micrófono, viéndome obligado a interpelarle si es que había pasado a ser el Presidente del Consejo). En fin…

En mi intervención de 3 minutos la argumentación que expuse fue la siguiente, en la que aporté algunos documentos que, dado que algunos en su día se negaron a que yo formara parte de la Comisión de Estatutos del Consejo, pues tuve que verme obligado a reservarlos para cuando el asunto se sometiera a debate en el Pleno:

1) El Orden del Día explicitaba «integración» de nuevas titulaciones

2) No obstante, el documento de Aragón hablaba de «colegiar»

3) Que «colegiar» era imposible por cuanto el Art. 9 de nuestros Estatutos establece que «Esrequisito indispensable para ser admitido como colegiado: estar en posesión del título de Ingeniero Industrial,«

4) Que siendo obvio que esos nuevos titulados no disponen de título de Ingeniero Industrial, si bien desconocía lo que era «integrar», lo que tenía claro es que no era «colegiar», como decía Aragón… aunque fuera «colegiación voluntaria».

5) Que nuestros actuales Estatutos no contemplan la figura de «colegiación voluntaria». En cualquier caso, al no dejar de ser ésta una subparte de la de «colegiación», conforme al requisito indispensable que establecen nuestros Estatutos para la figura de colegiado, tampoco podía plantearse para dar cabida en ella, con nuestros actuales Estatutos, a las nuevas titulaciones.

6) En consecuencia que la única posibilidad que quedaba, para poder abordar legalmente la votación allí planteada, era proceder antes a una modificación de nuestros Estatutos para incorporar a ellos la figura de «colegiación voluntaria» -o adheridos, como se llegó allí a cambiar la denominación por el Decano de Aragón-, claramente diferenciada de la única actualmente contemplada de «colegiación». Pero entonces aludí al reciente Dictamen del Consejo de Estado, de noviembre de 2017 -que en una intervención anterior fue esgrimido por el Decano del Colegio de Valencia- por el que se formulaba el reparo, con carácter esencial, a la propuesta de Estatutos de un Colegio de Ingenieros que, introduciendo la figura del colegiado voluntario, se la habían hecho quitar con el argumento de que dicha fórmula no podía tener cabida en un colegio de colegiación obligatoria; como es el nuestro también.

7) Que si bien el texto de nuestros actuales Estatutos contemplaban una posibilidad de integrar a titulados «de segundo ciclo», el Colegio de Aragón lo que estaba planteando era la colegiación de «Masters». Y que los títulos de Másters no son de «segundo ciclo». Y que no era algo que afirmara yo, sino que exhibí un documento del Ministerio de Educación y la ANECA en el que así explícitamente se afirmaba.

8) Que si bien por todos era conocido que en diciembre del año 2012 los Ministerios de Industria y Economía nos comunicaron al Consejo que la posibilidad contemplada de colegiación de otras titulaciones existente en el texto del RD de nuestros Estatutos debía ser eliminada por no poder un Consejo/Colegio, en base a sus Estatutos, decidir a quienes colegiaban ya que era una atribución reservada al Gobierno de España, que solo podía regularse por una ley de ámbito nacional, ante la posibilidad de que alguien me argumentara que habían transcurrido 5 años desde que nos dijeron aquello, y que se habían publicado nuevas leyes que podían haber cambiado dicho criterio, había considerado oportuno escribirle en mayo al Ministerio de Economía consultando si, pese al tiempo transcurrido, continuaban manteniendo el criterio de 2002. A lo que había recibido en junio la carta de respuesta del Secretario General Técnico del Ministerio -que allí exhibí- de que nada había cambiado y que el criterio seguía siendo el mismo. Si bien a mí la respuesta me pareció suficientemente contundente, dado que consideré que alguien quizás pudiera argumentar que la «colegiación voluntaria» era algo diferente, me decidí a remitir una nuevo escrito al Ministerio de Economía preguntando si por la vía de la «colegiación voluntaria» si existía la posibilidad de definir la integración de titulados diferentes a los Ingenieros Industriales. A lo que en julio me contestó nuevamente el Secretario General Técnico diciendo que no.

Por tanto concluí mi intervención diciendo que se nos estaba sometiendo a votación algo que no tenía cabida, ni amparo, en el vigente texto publicado en el BOE con nuestros Estatutos, ni tampoco, con la legislación vigente, existía la posibilidad de reformarlos para ello.

Para mi sorpresa vi como un Decano, que tenía mandato expreso de su Junta General de no apoyar la colegiación de otros, rellenó las papeletas votando que SI. Tras votar me fui hacia él y le pregunté ¿no me dijisteis el sábado tanto tu, como tu Vicedecano, que vuestro Colegio no era partidario de la incorporación y que votaríais en contra?. A ello me contestó que, como la votación había sido secreta, que no se podía saber lo que él había votado. A lo que le respondí que no hacía falta que nadie me lo dijera pues, estando sentado detrás de él, le había visto rellenar todas las papeletas poniendo SI. En ese momento se puso nerviosísimo y me contestó que, finalmente, su Junta no le había dado un mandato votado expreso y que había acabado considerando allí votar favorablemente. Y cogió su maletín y desapareció.

En cualquier caso, como no comparto los modus operandi de nuestra clase política -en todas las elecciones siempre todos han ganado-, debo reconocer que yo no estoy contento con el resultado. Si bien algunos no consiguieron aprobar su propuesta, no puedo obviar que el resultado acabó siendo de 67 votos a favor de la propuesta de colegiarlos, 47 en contra y 1 abstención. Es decir, que ganaron. Aunque, como para conseguir aprobar la propuesta se precisaban 2/3 de votos del pleno (es decir, 76 votos), no los alcanzaron. Claro que tampoco podemos olvidar que, de 21 colegios, tan solo 8 respaldaron la propuesta. Y que algunos de los que la apoyaron, al menos yo, no tengo muy claro de con qué respaldo lo hicieron.

Dado que este comentario lo realizo al amparo del artículo del Decano del COIIM, no puedo sustraerme a formular alguna pregunta; máximo teniendo en consideración el peso, con 21 votos, que tiene el COIIM en las votaciones del Pleno del Consejo General.

La hemeroteca nos recuerda que no hace tanto que los colegiados del COIIM fueron convocados a una Junta General (31/03/2016) en la que expresaron su opinión contraria a la posible incorporación de titulados no habilitados para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Industrial: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2016/03/01/economia/1456831982_933477.html

Por tanto me gustaría que el Sr. Franco nos respondiera cuándo convocó a los colegiados del COIIM para recabar su opinión, para así haber podido expresar en nombre de ellos, con su voto, y el de los representantes del COIIM en el Pleno del pasado 22/03/2018, una opinión contraria a la que sí que expresamente fue indicada por sus colegiados en la Junta General del 31/03/2016.

 

 

 

 

5/ ¿Deben evolucionar los colegios de ingenieros?

de https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/03/28/midinero/1522236340_470281.html?id_externo_rsoc=LK_CC

Tienen que poner en valor los másteres habilitantes, que permiten ejercer la profesión

¿Deben evolucionar los colegios de ingenieros?
PANAQUIP (PIXABAY)

Los colegios profesionales de adscripción obligatoria, como es el caso de los colegios de ingenieras/os industriales, se engloban entre aquellos a los que el Tribunal Constitucional indica un deber de ejercicio de funciones pública, resultando ser corporaciones de derecho llamadas a desarrollar importantes cometidos sobre una profesión regulada, como la propias ordenación de la profesión, la representación institucional exclusiva o la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y protección de los usuarios y consumidores de los servicios de sus colegiados.

 

Y es ahí, en dichas funciones y no en otras cuestiones, entre las que se encuentra la más que necesaria evolución de los colegios profesionales, de adscripción obligatoria, hacia un cumplimiento del deber que el constituyente les atribuyó en la Constitución Española.

Para tal fin, es necesario establecer estrategias claras, concretas y concisas, que devuelvan a una senda de sentido de ser a estas corporaciones de derecho público, las ponga en valor y las posicione en esta sociedad actual, en la que reina el desconocimiento y la confusión sobre lo que son los títulos de profesiones reguladas y su carácter habilitante, que otorgan capacidad, competencia y atribuciones profesionales, y otros títulos máster competenciales que carecen de atribuciones, resaltando el valor y la contribución que las profesiones reguladas han tenido en el progreso ordenado y el funcionamiento de nuestra sociedad, en base a unos principios de estabilidad y de seguridad jurídica, económica y social. Estrategias que deben vehiculizarse con el objetivo alcanzable de ser corporaciones públicas de alto valor añadido al servicio tanto a la sociedad como de nuestros colegiados.

Las/os ingenieras/os industriales debemos apostar por modelos productivos sostenibles, que cuenten con la industrialización como política de consolidación del crecimiento de la economía, de mejora de la competitividad y de creación de empleo estable y de calidad, sin olvidar la transformación digital de nuestra sociedad civil y empresarial, que nos permita competir en ese mercado global a través de la aplicación del conocimiento y de la tecnología, de la I+D+i y de la Ingeniería Industrial. Y para ello no sólo son necesarias capacidades y competencias sino, también, atribuciones profesionales y conocimiento, y es ahí en donde se puede encontrar a la Ingeniería Industrial.

Y por tanto, es más que necesario tener, como profesión regulada, percepción y presencia. Desde el Colegio de Ingenieros Industriales de la Comunidad Valenciana, con el ejemplo predicamos, ya que venimos celebrando actos como, entre otros, la Noche y las Veladas de la Industria de la Comunitat Valenciana. Eventos que ponen en valor la industrialización como estrategia de crecimiento empresarial y de mejora social, y en los que se fomenta la difusión del conocimiento de la industria y sus profesionales, así como sus necesidades.

También, a nivel colegial, contamos con servicios y productos de valor para nuestros colegiados (que no asociados), que, como ejemplo, ofrecemos a través del área de desarrollo profesional. Área en la que abordamos formación continua, con convenios con entidades referentes, y diseño de cursos no sólo en la vertiente técnica sino, también, en lingüística, digital y de competencias transversales. Sin olvidar la empleabilidad de las/os ingenieras/os industriales como objetivo nuclear. Y por ello se cuenta con una herramienta digital a disposición de nuestros colegiados y empleadores, la bolsa de empleo, que permite no sólo gestionar CV sino poner a disposición de las empresas la información necesaria para que sus procesos de selección sean un éxito. Eso se complementa con acciones como la escuela de empleabilidad, programas de lanzadera y speednetworking, todas orientados al mercado laboral y destinadas a la generación de contactos entre empleadores e ingenieras/os industriales.

Debe tener funciones de representación institucional, en instituciones y en asociaciones, con el fin de colaborar y poner en valor la innovación e industrialización que permita competir en ese mercado global, con políticas activas de incentivación de nuevas industrias, y existentes, como sector generador de empleo estable y de calidad. Además se ha de participar en el diseño de políticas industriales y de regulación sectorial. También, como colectivo, hemos de participar en el fomento de actividades de I+D+i, promoviendo el emprendimiento en negocios innovadores e internacionalizables, así como en el desarrollo de la transformación digital. Acciones en las que los ingenieros industriales tenemos mucho que decir ante ese gran reto que debe suponer una transformación de nuestra industria y, por tanto, de nuestra economía.

Debemos hacer una defensa de la profesión sin olvidar quiénes somos y la herencia que hemos recibido, siendo más que necesaria una acción que ponga en valor las atribuciones que nos otorga una formación, actual, de máster habilitante en ingeniería industrial para el ejercicio de una profesión sujeta a colegiación obligatoria, como es la de ingeniera/o industrial, que conforme al criterio vigente del Consejo de Estado, Dictamen 721/2017, de 30 de noviembre, no deberíamos caer en el error de llegar a confundir con otros títulos competenciales en el campo de la industria que, sin embargo, no dan atribuciones para un ejercicio profesional. Resulta más que necesario vencer el actual principio de inseguridad jurídica que hay en la sociedad, en general, y en los administrados, en particular, “puesto que no se llega a entender que los colegios profesionales no son meras asociaciones de titulados universitarios, que, cuando son de adscripción obligatoria son corporaciones de derecho público llamadas a desarrollar importantes funciones públicas sobre una profesión regulada”, como es el caso de los colegios de ingenieros industriales.

Ese debe ser nuestro presente, sin perder el sentido y con miras a este futuro inmediato, evolucionando sin confusión y sin dudas al respecto.

Salvador Puigdengolas es decano del Colegio de Ingenieros Industriales de la Comunidad Valenciana

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2º Escrito y documentación remitida por D. Adriano Álvarez sobre su problemática Laboral con la Diputación

26 Mar

EL PASADO DIA 20 DE LOS CORRIENTES SE PUBLICA EN LA PRENSA LEONESA, LA SIGUIENTE NOTICIA, CUYO TITULAR ANUNCIA:  La Diputación contrata un servicio jurídico para afrontar una treintena de pleitos y según manifestaciones del Diputado del Área: «Debemos ajustarnos a la legalidad y sacar este servicio a concurso», indica el vicepresidente de la institución provincial, Francisco Castañón. (VER DOC. Nº 1 -1 folio-)

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O, lo que es lo mismo, invirtiendo el orden al sentido dado por el Sr. Castañon, resultaría: “La Diputación Prov. de León no se ha ajustado, hasta ahora, a la legalidad al no sacar, anteriormente, este servicio (jurídico) a concurso”.

Hace escasas fechas, Diputado del Área formó Bolsa de Trabajo “sin concurso previo” lo que le supuso la denuncia pública por algunos de los Sindicatos componentes del Comité de Empresa-Junta de Personal de misma Institución pública.

Adriano Álvarez hace un tiempo que sospecha que la representación procesal que ostenta D. J.S-Q.F. en favor de la Excma. Diputación de León pudiera, (presumiblemente) no estar legitimada, es decir no reunir los requisitos postulados por la vigente Legislación o Ley de Colegios Profesionales. Siendo obligatorio estar colegiado, antes, para poder ejercer la disciplina de Letrado y/o en su caso de Procurador de los Tribunales, disponiendo ambos Colegios de sus respectivos y diferenciados Estatutos Generales de la profesión.

 

Dicha sospecha y como un derecho inherente a los Ciudadanos máxime si los mismos tienen relaciones comunes en asuntos judiciales con la Ad. Pública, como es el caso de Adriano con la Institucion Leonesa, procedió a registrar a ese efecto Solicitud ante la Corporación provincial con el fin de que se le informe debidamente ,al efecto,  y en su favor alega su legítimo derecho amparado por la Ley 39/2015 de 9 de octubre de 2015 del Proced. Adm. Común de las Adm. Públicas POR DISPOSICIÓN de la Ley de transparencia y buen gobierno. (VER DOC. Nº 2 -4 folios-)

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ADRIANO SE PREGUNTA, ¿TENDRÁ RELACIÓN ALGUNA, DADA LAS PRISAS (TRAS AÑOS EN VACÍO) LA NOTICIA PUBLICADA EN PRENSA DE FECHA DE 20_03-2018 CON LA PETICIÓN REALIZADA POR ADRIANO DE HABILITACIÓN LEGAL DE REPRESENTACIÓN PROCESAL EN NOMBRE DE LA DIPUTACIÓN PROV. DE LEON?

TODA VEZ QUE ADRIANO LLEVA MAS DE UN AÑO INTENTANDO “DESFACER” ESA DUDA.

 

Adriano  Álvarez Callejo

 

EL  EJEMPLAR AGUANTE Y LA PASIVIDAD DE LOS LEONESES ANTE LOS SILENCIOS, OCULTACIONES Y PROMESAS INCUMPLIDAS  EN EL ASUNTO  DE LA INTEGRACIÓN DE LA LÍNEA DE VÍA ESTRECHA DE FEVE EN LEÓN.

25 Mar

Interesante artículo del ex delegado del colegio de ingenieros industriales  en León Manuel María Urueña Cuadrado publicado hoy 25/03/2018 en la  Nueva Crónica de León sobre

EL  EJEMPLAR AGUANTE Y LA PASIVIDAD DE LOS LEONESES ANTE LOS SILENCIOS, OCULTACIONES Y PROMESAS INCUMPLIDAS  EN EL ASUNTO  DE LA INTEGRACIÓN DE LA LÍNEA DE VÍA ESTRECHA DE FEVE EN LEÓN. En la línea de  lo tratado en la brillante charla que impartió el  22 de marzo en el colegio de ingenieros industriales de León

de https://www.LANUEVACRONICA.COM/saben-indignarse-los-leoneses

 

TRIBUNA DE OPINIÓN

Manuel M. Urueña Cuadrado | 25/03/2018

¿Saben indignarse los leoneses?

Es ejemplar el aguante y la pasividad de los leoneses ante algunos silencios, ocultaciones y promesas incumplidas de altos cargos de la Administración, del Estado, provincial y local.

Veamos, por ejemplo qué sucede desde hace seis años en la línea de vía estrecha de Feve. Recordemos algunas de las manifestaciones públicas de la anterior ministra de Fomento:

A la prensa de León en octubre de 2014, después de varios años de silencio: «…se espera tener terminada esta obra en el primer trimestre del año próximo.…». En marzo 2016 al alcalde de León: «…hay dinero para terminar la obra de integración de Feve este año». «En el primer trimestre de 2017, la apertura de la línea hasta la estación». En varias ocasiones en 2016 y 2017: «solo falta resolver una cuestión técnica» y «las obras pendientes durarían unos diez meses».

– El presidente de Adif, Sr. Ferre, al alcalde de León en junio 2016: «Las obras arrancarán la próxima semana y estarán concluidas en el plazo de seis meses».

Visto lo sucedido en estos últimos seis años, muy largos para los viajeros de este tren, cabe la duda de si quienes así declaraban sabían más o lo contrario de lo que decían.

En 2010 se informó públicamente por primera vez del plan de las obras tan mal llamadas de «integración» de ese tren en León. Después de más de siete años, la desintegración progresiva de la línea es lo que los viajeros han visto suceder. Las obras se pararon en 2011 y en 2017 se continuaron a un ritmo muy bajo; actualmente están de nuevo paradas, aunque queda muy poco que hacer.

Que el tren no llegue aún a León lo justifican el Sr. Ministro y Renfe diciendo que no hay una «normativa» de funcionamiento para este tren; un parto difícil, que está durando ya siete años….. Y tampoco tiene Renfe aún los trenes adecuados para el funcionamiento como ‘tren-tran’. Lo dicen sin siquiera despeinarse. Y los leoneses no se indignan ante esa gestión tan decepcionante de lo público.

El funcionamiento de este tren desde 2011 es tan desastroso que entre 2010 y ese año el número de usuarios descendió un 30 %. Como tren de cercanías había sido abandonado por el 40% de los viajeros hasta 2015, pero como tren de media distancia solo por un 11%, a pesar del pésimo servicio, lo que prueba lo necesario que es para esos viajeros esta línea que llega hasta el extremo Nordeste de la provincia.

Las declaraciones mencionadas y otras, junto con el pésimo servicio dado desde 2011, la frecuencia de averías por falta de mantenimiento, la escasez de maquinistas y de revisores además de la ausencia total de información sobre los planes de obras a lo largo de los últimos seis años demuestran una realidad nunca confesada: la intención del Ministerio de Fomento, de Renfe, era cerrar esta línea de tren cuando en 2011 se pararon las obras. Se esperaba a que el número de viajeros disminuyese hasta un valor que justificara el cierre definitivo.

Pero ha ocurrido que después del descenso brusco de viajeros hasta 2011, en los años siguientes ese descenso se paralizó. La razón es que la mayoría de los viajeros habituales lo usan por necesidad. Otros, menos, lo utilizan porque prefieren el transporte público y pueden permitirse perder mucho tiempo. Muy pocos habitantes entre León y Matallana usan ya este tren; el motivo se comprenderá sabiendo que por ejemplo el trayecto de 9 km entre San Feliz y León dura normalmente, con suerte 30 minutos y sin suerte 50 o más. En 2010 duraba 14 minutos y era seguro y puntual. Hay que preguntarse cómo es que en esas condiciones alguien utiliza aún esta línea de tren. La respuesta es clara: quienes lo hacen es por estricta necesidad. Este tren es necesario para muchas personas y volvería a recuperar y sobrepasar rápidamente los usuarios perdidos si volviese a dar un servicio como el que daba antes de 2011.

El número de viajeros no ha descendido tanto que facilite tomar la decisión de cerrar la línea; ha sido la necesidad de los habitantes de los pueblos por donde pasa el tren la que ha conseguido que Renfe no se atreva a eliminar esta línea. A esos usuarios habituales deben los leoneses que este tren siga funcionando.

El Sr. Ministro de Fomento dijo en el verano de 2017: «…de momento no hay ninguna intención de supresión de la línea, ni nada encima de la mesa, ni en nuestra agenda que nos permita decir que no va a continuar el servicio». No parece esta frase una promesa firme de que esta línea no se suprimirá. Con lo fácil que habría sido decirlo claramente. Nos gustaría mucho ver lo que realmente hay sobre la mesa del Sr. Ministro; pero los planes de esa empresa pública son secretos.

Ha sido patente y triste la insensibilidad y el silencio de partidos políticos (roto solo alguna vez, tímidamente, para que no se diga) y autoridades locales y provinciales en los últimos seis años; nadie entre ellos hizo una verdadera presión en favor de este tren, nadie dijo, por ejemplo, que dimitiría si las obras se paraban; no criticaron las declaraciones de los ministros y responsables de Renfe; nunca protestaron por el infame servicio de este tren, solo mitigado por la amabilidad con la que los empleados soportan las quejas diarias de los viajeros; ellos también tienen que soportar los incidentes tan habituales; nadie con responsabilidad política protestó por las promesas públicas reiteradamente incumplidas. Los viajeros de este tren no han tenido quien les defienda en seis años de un servicio impresentable.

Hoy, nadie conoce el plan de lo poco que falta por hacer para que el tren llegue a la estación de León. Se trata de una obra pública secreta; no lo saben el presidente de la Diputación de León ni el alcalde de la ciudad que a lo largo de los últimos seis años nunca exigieron una copia de los planes de las obras pendientes para informar a los leoneses… o es que sabían que no existían. Renfe no ha informado sobre cuándo dispondrá de los trenes necesarios (los tren-tran especiales (para una línea sin tranvías; original e inexplicable proyecto) ni de cuándo, estarán redactadas las normas de funcionamiento. Nadie se lo exige.

¿Hasta cuándo los viajeros tendrán que seguir soportando un servicio vergonzoso que es un desprecio prolongado infligido por una empresa pública?

Llegarán las elecciones autonómicas próximas y los leoneses de los pueblos por donde pasa este tren podrán votar; deben hacerlo, pero con una respuesta indignada adecuada a este prolongado desprecio; por ejemplo, votando en blanco.

Si esa línea desaparece la despoblación del Nordeste de nuestra provincia se acelerará. ¿A nadie le importa? Da la casualidad de que esa zona de la provincia tiene también unos pésimos servicios de internet y nulos de gas natural. Se está diciendo a sus habitantes que se vayan.

Los leoneses deberían saber indignarse contra la actuación oculta, indignante y vergonzosa de Renfe y el Ministerio de Fomento en las obras de Feve; también contra la ineficacia y la pasividad, por no decir más, de sus representantes políticos; por los seis años de un transporte público indigno; más el tiempo aún dure.

180325 Art. Publicado. La N. Crónica 25.3.18

 

REDES

25 Mar

redes

En un momento donde el progreso tecnológico se desarrolla a pasos agigantados, la alienación crece también exponencialmente. El ser humano como ser social (o sociable) tiende a desaparecer o, mejor dicho, su “socialización” pasa en la actualidad casi por el aro de las omnipresentes plataformas digitales mientras la realidad, con sus lógicas imperfecciones, va quedando poco a poco solapada bajo una gruesa capa de maquillaje virtual. Pero cuidado porque la misma – y ello a pesar de que nuestro vacío personal y miseria emocional son burdamente disimulados colgando cientos de fotos retocadas en las que posamos felices para que los demás nos vean como triunfadores y no como lo que mayormente somos, unos frustrados que en la vida real infundimos bastante más lastima de la que intentamos enmascarar – está siempre ahí, agazapada y presta a saltar sobre nosotros a la manera de un tigre cuando menos se espera.

        Al hilo de ello, me viene a la memoria un suceso ocurrido hace unos pocos años en Galicia, cuando moría en absoluta soledad un hombre prácticamente enterrado entre una montaña formada por su propia basura. No tenía a nadie. “Solo” tres mil quinientos “amigos” en el famoso Caralibro, de los que ni uno solo acudió a su funeral por supuesto. ¿Cómo es posible que ninguno de ellos supo nada del problema de este señor? Y si alguien lo supo, ¿por qué ninguno llegó a dar parte a las autoridades?

            Desde luego, se puede trazar un paralelismo asombroso entre quien sufre el síndrome de Diógenes almacenando cosas inservibles y quien, sufriendo el mismo síndrome en versión digital, acumula en la red desde amigos (una nueva tendencia psicopatológica al alza) que no lo son porque ni siquiera se conocen en persona a contenidos de todo tipo (películas, series, música, etc.) que luego rara vez se disfrutan.

       ¿No será que lo que comúnmente llamamos “redes sociales” (ese ente amorfo surgido casi de la nada) es lo más antisocial (o asocial) que existe? Porque en un mundo hiperconectado como el nuestro es probable que nunca hayamos estado tan desconectados (por solos y atomizados) como ahora. Es verdad que las nuevas tecnologías nos permiten mantener miles de contactos, algunos de ellos incluso muy lejanos geográficamente, pero convendría no confundir “contactos” con “relaciones”.

            Dicha confusión implica que hoy estemos dedicando demasiado tiempo a los contactos virtuales y demasiado poco a las relaciones reales, de las de cara a cara de toda la vida, de esas que no vale con dar al botón de desconexión si nos aburrimos de ellas, las cuáles todos sabemos en el fondo que siempre fueron, son y serán pocas. Y sino, a ver cuántos de nosotros podemos decir que tenemos más amigos verdaderos que dedos de una mano.

       Lo que hay que plantearse es por qué cada vez hay más incomunicación, individualismo y aislamiento. Más personas solas en casa sin un motivo por el que levantarse cada mañana y sin alguien por quien luchar; paseando solas por calles, parques y centros comerciales sin que nadie se acerque a ellas para ver qué les sucede o cómo se sienten; pegadas todo el santo día al teléfono móvil (los llamados “nomófobos”) como babosas a una pared húmeda sin levantar la cabeza ni para saludar…Eso es lo preocupante.

        Y es que, apostando por simular en vez de actuar y por parecer en lugar de ser, poco a poco se nos ha ido olvidando sentir y querer con el corazón, comportarnos como seres humanos (la auténtica peste negra de nuestros días es que la mayoría de la gente está muerta por dentro) en definitiva. Es lo que pasa cuando la vida ya no se vive, se tuitea, instagramea o facebookea a través de una pantalla de seis por trece milímetros.

 

 

RICARDO HERRERAS

 

           EL MAR

18 Mar

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                                                          “El mar es una movible eternidad, una lágrima desmedida. Por eso tiene sal.” (Manuel Alcántara).

Bajo el cielo espectral de marzo el Cantábrico se extiende más allá del horizonte, agitándose como oprimido, enviando olas coléricas y escalonadas del color del plomo a chocar contra los acantilados. Mientras, el tenue sol se derrama a modo de alfombra dorada sobre un grupo de pequeñas barcas de colores que se inclinan sobre sus mástiles humildes al ritmo furioso de la corriente. Desde la orilla, apenas puedo apartar la mirada de esta hermosa panorámica, imposible de hacer justicia con cámara fotográfica alguna y me temo que tampoco con palabras.

         En efecto, me encuentro ante la enigmática, poliédrica e inescrutable faz del mar. Desde un punto de vista pictórico, ese gigantesco lienzo de tonalidades neutras en el que apenas distinguimos la línea divisoria entre el líquido elemento y la bóveda celeste donde reposan nuestros secretos más inconfesables. Desde un punto de vista físico, ese espacio colosal teñido de lirismo que infecta nuestra alma de tristeza cuya contemplación nos enmudece e invita a pensar de inmediato, como si su esquivo misterio nos atrapase formulándonos cientos de preguntas sin respuesta. 

        El “gran azul” se parece también a un gigantesco espejo en el cual nos miramos con la esperanza de disolver en su inmensidad nuestra angustia existencial. Asimismo, éste nos devuelve la mirada, contemplándonos como los seres insignificantes que somos, los cuales, en algún momento no demasiado lejano, dejaremos de estar aquí mientras él permanecerá por siempre.

            El piélago es también el escenario donde se reflejan los rostros de todos los soñadores, el paraje donde la imaginación se desborda en forma de ondulaciones cantarinas y susurrantes, el rincón donde se abren mil sonrisas de coral y madreperla, el lugar donde la luz se esconde para observarnos de perfil y echarnos traviesas ojeadas desde los abismos de las tempestades.

        Testigo mudo de tantos días grises, atento, firme y leal amigo, admito que me encanta abandonarme en su compañía a esos pensamientos que casi nadie hoy ya verbaliza o comparte (como si la rigidez de nuestros parámetros vitales nos hiciera olvidar una y otra vez lo esencial), olfatear su salobre brisa con aroma a pescado, pasear al atardecer o al amanecer por sus playas para alejar de mi mente los pensamientos ansiosos, inquietos y negativos, admirar durante horas y en silencio el hipnótico movimiento de sus mareas, redimir mi solitario corazón en sus muy profundas y oscuras aguas…

        Sí, definitivamente la belleza de un paisaje estriba en su capacidad para generar melancolía. Quizás por eso contemplar el mar continúa provocándome una extraña sensación de asombro, al ser el escenario más antiguo y sobrecogedor de cuantos existen en el planeta tierra, además de el que mejor refleja nuestra más absoluta contingencia.

        A lo lejos, un nubarrón surgido como de la nada ha oscurecido el sol. Al punto suena una lánguida melodía tocada a modo de acto dramático de nostalgia y abandono por un acordeón, ese instrumento entrañable y popular que parece oler a puerto mismo. Las olas rizadas, rezumando espuma y enrollándose sobre sí mismas, siguen batiendo la playa con un ruido atronador…Lo eterno, lo infinito. Soledad.

                                                                                                 (Santander, marzo de 2018)

 

RICARDO HERRERAS

 

 

 

Cara y cruz del Acuerdo 2018-2020 sobre empleados públicos

14 Mar

 

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Se acaba de firmar el pasado viernes (9/3/2018) por el ministro de Hacienda y los representantes sindicales de CSIF, CCOO y UGT  el primer acuerdo general en la función pública en los diez últimos años.

Sin duda es una buena noticia, porque todo lo que se plasma fruto del consenso supone eliminar tensiones, crispación y desencanto, tanto por parte de las autoridades públicas como de los empleados públicos.

Además es una señal inequívoca de un cambio de tendencia de una administración encogida, cicatera y negrera hacia una administración expansiva y leal.

Pero veamos la letra gruesa y la letra pequeña

Tal y como deriva de las noticias de la prensa, aunque inexplicablemente tuve grandes dificultades en localizar el texto del acuerdo, hasta que finalmente me lo facilitó una amable comentarista- aquí está – parece que Papa Noel trae a los empleados públicos todo esto:

NÓMINAS

  • Incremento plurianual de nóminas. Alcanzaría el 8,79% si se cumplen variasraha euro vanhus seniori eläkeläinen eläke seteli seteleitäprevisiones económicas que son el crecimiento del PIB en 2019 y 2020 y el cumplimiento de déficit.En 2019, los empleados públicos podrán llegar a percibir un 2,75% más en sus nóminas y el siguiente año la subida salarial se podría situar en 3,85%. Al final del acuerdo, los empleados públicos tendrían una subida de 8,79% de salario.
  • Eso sí, esta subida salarial el trienio 2018-2020 lo será en función de cómo evolucione el crecimiento económico (el PIB) y del cumplimiento del objetivo de déficit público del 2020.

NEGOCIACION COLECTIVA ABIERTA

  • Se devuelve a las administraciones públicas la negociación colectiva siempre que cumplan las reglas de estabilidad presupuestaria. Las autonomías o ayuntamientos que cumplan las tres reglas de déficit, deuda y gasto tendrán capacidad para negociar
  1. la jornada semanal de 35 horas, pues podrán pactarse calendarios para flexibilizar las 37,30 horas.
  2. los empleados públicos puedan acumular un 5% de su jornada anual -con carácter recuperable- para tareas de conciliación destinada al cuidado de familiares.
  3. restituir el 100% de las retribuciones cuando se está en situación de incapacidad temporal. Para logralo se podrá negociar en cada Administración un complemento retributivo sobre la prestación de la Seguridad Social en materia de IT, hasta alcanzar el 100% de las retribuciones que se perciben habitualmente, siempre que se justifique la ausencia mediante el correspondiente parte de baja o establecer catálogos de contingencias196a_l
  • Se podrá modificar la jornada mediante la acumulación de horas de libre disposición (equivalentes a 11 días anuales).
  • Se contempla la posibilidad de sistemas específicos de jornada continua para el cuidado de hijos menores de 12 años o mayores discapacitados.
  • Se analizará la jubilación parcial para algunos colectivos.

 

CREACION DE EMPLEO Y PLANTILLAS

TASA REPOSICIÓN

I. Las Administraciones cumplidoras. Las AA.PP, que hayan cumplido con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto
– 100% de tasa de reposición en todos los sectores
+8% de la tasa de reposición total. Si son Corporaciones Locales este suplemento será del 10%
II. Las AA.PP remolonas, que NO hayan cumplido con lo anterior
– 100% de tasa de reposición en Sectores Prioritarios. 75% de tasa de reposición en los NO prioritarios
+5% de la tasa de reposición

III. Fuerzas y cuerpos de Seguridad, Policías autonómicas y Policía Local
115% de tasa de reposicióngovernment-workers

IV. Las corporaciones locales que hayan tenido obligación de prestar un mayor número de servicios públicos por incremento de población, disfrutarán de la tasa adicional del 5%.

V. Funcionarios de la Administración Local con habilitación nacional: hasta el 30% de las plazas vacantes dotadas presupuestariamente.

En ningún caso, la promoción interna no computará dentro de la tasa de reposición de efectivos.

ESTABILIZACIÓN

  • El proceso de estabilización -reducción de un 90% la temporalidad- se universaliza, al extenderse a todos colectivos y sectores de las Administraciones Públicas, así como a su sector público (agencias, organismos autónomos, etc.) Tal estabilización afectará a todas las plazas del sector público ocupadas de forma temporal e ininterrumpida en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017, para reducir la temporalidad por debajo del 8% en tres años

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Todo lo dicho se supedita a su incorporación al proyecto de Presupuestos del Estado para el 2018 que el Gobierno prevé aprobar el día 23 de marzo.

De ahí que lo bueno es: A) que se vincula la medida salarial a la evolución económica y al cumplimiento del déficit público, evitando la clásica estipulación de vinculación de la subida a la evolución del IPC; B) que se da respuesta al ahogamiento de plantillas y carencia de estímulos en los empleados públicos: c) Se atiende a compensar mínimamente el sacrificio de los empleados públicos durante la crisis.

Sin embargo, percibo algunas sombras o vallas a saltar.

En primer lugar, parece que buena parte de las medidas u objetivos con impacto económico se supedita a su plasmación en la ley anual de presupuestos (como buque que cobija cualquier mercancía de urgencia), lo que ciertamente remite a algo que suele controlar el gobierno pero cuyo desenlace es impronosticable, máxime con el actual mapa parlamentario. Así y todo, no deja de ser un caramelo o guiño sindical y a un amplísimo colectivo de funcionarios para estimular el apoyo parlamentario a la ley anual de presupuestos, y no solo a esa parte.

which-way-to-go_1100x619La segunda valla a superar consiste en el cumplimiento de los requisitos de estabilidad y déficit, cosa nada fácil y que generará crispación, queja y rechinar de dientes, cuando un funcionario mire al Ayuntamiento vecino y compare nóminas y derechos. Ello sin olvidar que la mala gestión de un Alcalde o autoridad pública la acaba pagando el funcionario, de igual modo que administraciones mimadas financieramente por razones ideológicas podrán incentivar a su personal.

La tercera valla a superar será la negociación colectiva para plasmar la extensión y condiciones de cada medida, y como toda negociación, dependerá de dos partes. Y eso remite a tiempo. Ya veo a los sindicatos y las autoridades entretenidos tejiendo y destejiendo los pactos, mientras miran de reojo lo que negocia el vecino.

Así y todo, por si la negociación se desmanda, el gobierno guarda un as en la manga: el art.38.10 del EBEP cuando dispone: ” Se garantiza el cumplimiento de los Pactos y Acuerdos, salvo cuando excepcionalmente y por causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas, los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas suspendan o modifiquen el cumplimiento de Pactos y Acuerdos ya firmados, en la medida estrictamente necesaria para salvaguardar el interés público.”

Por último, existen unos efectos colaterales.

El primero, que Ayuntamientos y Comunidades Autónomas tendrán que ingeniárselas para afrontar los costes derivados de estos regalos, ya que los ahorros o joyas de la abuelita tendrán que ir destinados a las consecuencias de estas medidas.

El segundo, que los jubilados no serán menos a la hora de reivindicar.

Y el tercero, la inevitable queja del común de los ciudadanos, porque con este acuerdo (necesario, dados los tijeretazos al eslabón de los empleados públicos para afrontar la crisis) fomentará los prejuicios sobre los empleados públicos, propiciando su visión como privilegiados cuando solo han recuperado las esperanzas en lo que el viento de la crisis se llevó.

98186-moderntimes6De ahí que me hubiese gustado que se hubiese incorporado alguna estipulación realista y seria para el desarrollo claro y equitativo de la pieza fallida del EBEP relativa a la evaluación del desempeño, como eje para facilitar la promoción, licencias o remuneraciones de quienes desarrollen su labor cuantitativa o cualitativamente mejor.

Así y todo, el pistoletazo de salida está dado y parece que sale el Sol… Esperemos que no se nuble. No sería la primera vez.

15 COMMENTS ON “CARA Y CRUZ DEL ACUERDO 2018-2020 SOBRE EMPLEADOS PÚBLICOS”

  1. Vicente Arrue

    Como siempre, clarificadoras consideraciones sobre un tema siempre difícil y polémico.

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  2. Francisco

    Magnífica explicación. Estaremos atentos, por la cuenta que nos trae, a muchos, como gestores y como afectados (qué suerte de doble condición).

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  3. Carlos Matt

    Sigue siendo la misma zanahoria que va delante de nosotros, en marzo del año pasado hubo otro acuerdo/promesita y seguimos en las mismas. Ahora el Gobierno se endeuda más en su promesa.
    Como diría el clásico italiano..parole parole parole.

    P.S.: Si que tengo el acuerdo, si me dice un email se lo mando.

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    • Gracias por el acuerdo, pero ya me lo remitió una amable lectora. Y lo he incorporado al post. Un saludo

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  4. En los Ayuntamientos, y en CC.AA lo de las 35,00, es ya una realidad. Y ello, aunque para los Ayuntamientos la norma estipule 37,5 horas de jornada ordinaria de promedio en el cómputo anual. Se vienen acordando reducciones facticas, que no de Derecho. Luego, para muchos no será algo nuevo. Creo muy correcto que se vincule al PIB y al Déficit. Y en general, contribuye a que los políticos se pongan de acuerdo en aprobar la LPGE, o se granjeen la enemistad de 2 millones de votantes, y sus familias.

    Pero, estoy muy conforme con JR. no se aborda el desarrollo del EBE. Ni se abordará nunca. Lo que contribuye a ese distanciamiento entre los empleados públicos y el resto de la Sociedad. Y siento decirlo, más culpa tiene el colectivo de los empleados públicos que los políticos. Por ejemplo, es bien conocido que muchos Ayuntamientos no tienen RPT, ni debidamente confeccionada, ni tan siquiera aprobada. La causa reside más en los mismos funcionarios que en los políticos, que acaban desistíendo en su aprobación, ante el conflicto interno tan grave que genera en cumplir el mandato legal. Otro tanto, sucede con reglamentos de productividad. Sin embargo, sí se reparten Ayudas Sociales, frente a su prohibición legal.

    En definitiva, parece que el Pacto será bueno, porque implica la retribución de los empleados públicos a la marcha de la Nación, y contribuye indirectamente a la aprobación de la LPGE. Pero sí, veo que abre una mayor brecha entre empleados públicos y privados. Sobre todo, porque ni se habla de la Evaluación del trabajo desempeñado, sigue sin garantizarse el mérito y capacidad en el ingreso. Y porque, la estabilidad en el empleo, tal y cómo está concebida desde la Ley (y por la Constitución) genera una distorsion que es difícilmente explicable, en un mundo cambiante, y en los que muy pocos ven su vida profesional una fijeza, que se escuda en la superación de unos exámenes. Que en el mundo de las Administraciones Locales, es mejor no explicar qué sucede, para no calentar demasiado el ambiente pues los sábados son días de descanso.

    Lo que no quita, que haya empleados públicos que son excelentes trabajadores, que improvisan, inovan, dan soluciones, se ponen en su sitio, y ponen en su sitio a quien corresponda.

    A pesar de moverme entre funcionarios, algún amigo, cliente, y conocidos ya me comentaron las noticias que ofrecían los diarios con tono de disgusto que de alegría.

    Para la el Civil Service, la noticia es más aparente que buena.

    Para la vida política, será buena porque fomenta la aprobación de las LPGE, y liga las subidas lineales de las retribuciones más a la marcha del país, que un IPC obsoleto.

    Pero, se ha vendido de una forma que contribuye más a la típica visión del funcionario: No por las tardes no venimos!, cuando no trabajamos es por la mañana.

    Y eso, tampoco es así.

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    • FERNANDO

      En general comparto su opinión pero quiero matizar que eso de que los sábados y las tardes no se trabajan en los ayuntamientos no es exacto porque salvo los funcionarios de “oficina”, otros funcionarios, de policía por ejemplo, y personal laboral de varios servicios sí que los trabajamos. Por lo que respecta a las negociaciones entre empleados públicos y políticos, la responsabilidad de que no se avance siempre es de ambas partes, no más de una que de otra, y los primeros siempre querrán unos acuerdos beneficiosos a largo plazo y los políticos rara vez querrán acuerdos que les comprometan por periodos prolongados por diversas razones (algunas éticamente cuestionables). Por último, la percepción por parte de la sociedad de que los empleados públicos somos privilegiados está alimentada desde varios sectores económicos y políticos que han contribuido a, y siguen en ese esfuerzo de, empeorar las condiciones laborales de los trabajadores de la empresa privada, con lo que si ésas mejorasen aquélla percepción no sería tan negativa.

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    • Carlos Matt

      Es que mucho alto funcionario convive con políticos, y entre bomberos no se pisan la manguera
      😉

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  5. Francisco José

    Las corporaciones locales no tienen competencia para fijar la jornada de sus empleados públicos. Conforme al art. 94 de la LBRL, la jornada de trabajo de los funcionarios locales será, en cómputo anual, la misma que la de los funcionarios de la Administración del Estado. En mi Ayuntamiento cumplimos con la jornada legal de 37,5 horas y teníamos la esperanza de recuperar las 35 horas en los próximos presupuestos generales del estado. Y a pesar de cumplir con las reglas de gasto y estabilidad presupuestaria no podremos tener la tan ansiada jornada de 35 horas. Este acuerdo entre Ministerio y sindicatos está más pensado para los empleados públicos de las CCAA y como siempre pasa, las entidades locales somos las grandes olvidadas.

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  6. alberto de benito inglada

    Todo es bueno para el convento

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  7. Reblogueó esto en IUSLEXBLOG. .

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  8. Anónimo

    Pues a mi me parece un mal acuerdo . Una zanahoria para nuestros agentes sociales que han picado como siempre. Me parece que hemos perdido muchas cosas más y que no se ha recuperado apenas nada. Eso sin contar que parte de la subida depende de la conjura de los astros.
    Profundamente decepcionada. Desde 2010 hemos perdido no solo dinero, derechos y no solo eso nos han dicho que somos lo peor. Estos sindicatos no tienen dignidad al firmar eso.

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  9. Juanjo

    Los acuerdos plurianuales siempre requieren de condición, pero lo bueno es que las subidas y demas mejoras se consolidan, carácter que después del largo desierto de 10 años no es solo positivo sino impensable hasta hace poco. El último mensaje de su artículo el desarrollo de la evaluación del desempeño, no va a quedar más remedio si el TJUE resuelve a favor de los interinos la cuestión prejudicial de discriminación en el reconocimiento del grado.
    En Navarra, este acuerdo estatal va a condicionar al cuatripartito y a la mayoría sindical de LAB y ELA, poco dados estos últimos a los acuerdos.

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  10. Pingback: VISIÓN CRÍTICA DEL II ACUERDO PARA LA MEJORA DEL EMPLEO PÚBLICO | LA MIRADA INSTITUCIONAL
  11. Andrés

    Como casi todo lo que se hace en la España de las autonomías. Un refrito que puede servir para un roto y para un descosido y que permite que todo sea difrente pero que parezca igual. Uniformidad, señores. Uniformidady claridad. Es mucho pedir. A la vista está que sí.

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  12. Pingback: Evaluación del desempeño del funcionario público : asignatura pendiente – El rincón jurídico de José R. Chaves – delaJusticia.com

GRACIAS POR COMENTAR CON EL FIN DE MEJORAR

  POSTUREO

11 Mar

     postureo_para_novatos_guia_para_triunfar_en_instagram_con_las_fotos_de_tus_viajes_2043_940x627  

Hace tiempo venimos escuchando una palabreja que nos tiene a todos un poco descolocados: postureo. ¿Pero esto de qué va?

      Postureo es un término reciente nacido en el entorno de las redes sociales que significa adoptar una actitud (una pose) hacia el exterior con el objetivo último de convencer a los demás de que se pertenece a un status social superior al verdadero o de que se goza de una vida mucho más excitante y divertida de la que en verdad se tiene. También puede referirse a hacer cosas más de cara a la galería que por propia motivación.

      Antaño, para ser un triunfador, era necesario (hablo en líneas generales) hacer o conseguir algo de mérito, adquiriendo de esta forma relevancia y transcendencia social. La cosa empezó a torcerse en los 70´cuando un avispado Warhol pronosticó que “todo el mundo debería tener derecho a 15 minutos de gloria”. Hoy, en la era de la realidad virtual, basta con crear un perfil en Facebook, Twitter o Instagram, hacerse unos cuantos selfies, ensayar “sonrisas Profidén”, tener un poco de tiempo libre y echarle mucho morro para que cualquiera pueda dibujar de cara al respetable una vida tan envidiable como artificial a través de las ubicuas plataformas digitales.

      Ciertamente vivir de las apariencias y, por ende, perseguir la notoriedad, es algo que ha existido siempre. En la misma psicología se habla del “complejo de Eróstrato” (cuyo nombre proviene de un desaprensivo pastor del Éfeso que, al parecer, en el año 356 a. C. y con la única motivación de pasar a la posteridad, no se le ocurrió otra cosa que prender fuego al templo de Diana erigido en dicha ciudad y considerado una de las Maravillas del mundo antiguo) para referirse a esas personas que buscan la fama a cualquier precio.

     Ocurre que, en nuestros días, con el uso patológico de unas nuevas tecnologías donde quien más quien menos alardea de guay, sale guapísimo en las fotos y comenta lo bien que le van las cosas, el fenómeno se ha disparado, ahora con el agravante de que, en un deseo de aprobación perpetuo, lo que se intenta mostrar de forma casi compulsiva es que se es feliz aunque realmente no sea el caso, venga a cuento ni mucho menos se esté convencido de ello. Algo que, en el fondo, no deja de denotar un agudo complejo de inferioridad, una galopante falta de autoestima e incluso un indisimulable vacío interior. Porque, de tanto buscar el reconocimiento ajeno, de tanto pretender ser especiales, de tanto modelar la imagen que se quiere proyectar, terminaremos siendo absorbidos por el personaje que mostramos públicamente, además del desgaste y frustración que ello genera, provocando a medio corto plazo gravísimos trastornos en nuestra personalidad que nos van a conducir a un irremediable deterioro de la función del ego, especialmente a la hora de examinar la realidad.

        Y es que hay algo triste a la par que desalentador en una sociedad para la que la vida se limita cada vez más a la apariencia. “No importa lo que seas, sino lo que aparentes ser”, parece ser el lema. “Como no me gusta quien soy, como mi vida es una mierda, decido dar la imagen de quién no soy y reflejar, de manera gráfica y pública, una peripecia vital llena de momentos apasionantes y memorables, aun cuando ésta sea cualquier cosa menos real”. O algo así. Desde luego, quién está a gusto consigo mismo no creo que necesite de tanto exhibicionismo y egolatría.

      Una lástima, porque al igual que el mayor enemigo de la paz social es hacer creer a los demás lo que no se cree, decir lo que no se piensa y hacer lo contrario de lo que se dice y se piensa (véanse sino los políticos), el mayor enemigo de la propia paz personal es la incoherencia entre lo que somos, lo que decimos y lo que hacemos, la cual, en el caso concreto del postureo, conlleva para más inri unas dosis de autoengaño de proporciones brutales.

 

                                                                                  RICARDO HERRERAS

 

Solicitud de D. Adriano Álvarez a la Diputación de copia de Resolución Judicial

11 Mar

Ha  sido solicitada a nuestra Asociación por D. Adriano  Álvarez Callejo la publicación de  la solicitud que ha realizado a la Diputación, que procedemos a adjuntar

180306 escrito Adriano

 

 

BÁRBAROS

4 Mar

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Ahí andábamos adoptando medidas – algunas no demasiado compatibles con la legislación internacional sobre la materia – para espantar a esos refugiados sirios, afganos o subsaharianos que huyen de la miseria, la guerra o la tiranía con el pretexto de no introducir el caos y la barbarie en nuestras tan opulentas como desiguales sociedades, cuando la “vieja, culta y refinada” Europa ha vuelto a enseñar una de sus peores caras: la del vandalismo en el fútbol.

      La muerte por infarto el pasado jueves día 22 de febrero de un agente de la Ertzaitza en medio del bochornoso y lamentable enfrentamiento entre aficionados ultras del Athletic y del Spartak de Moscú en Bilbao nos refrescaron las estremecedoras imágenes de la Eurocopa de 2016, donde las multitudinarias batallas campales entre hooligans rusos e ingleses acaecidas en Marsella constituyeron el mayor repunte de violencia dentro del llamado “deporte rey” desde el dramático episodio ocurrido en el estadio Heysel de Bruselas en el lejano 1985.

      Allí, en el puerto galo, se contemplaron con estupor grupos de hasta 40 o 50 individuos en formación de ataque que actuaban con la coordinación y el dinamismo (he aquí el salto “cualitativo”) propios de los tristemente célebres comandos paramilitares, muchos de los cuales se habían ganado billete al evento en salvajes peleas organizadas en los inhóspitos bosques eslavos, grabadas y compartidas luego sin ningún pudor en las redes sociales, como si fueran una competición en la que los más bestias eran finalmente los elegidos para acudir a la guerra final.

      De todos modos, la violencia futbolera no es una peste que tengamos que atribuir de forma exclusiva a Rusia, país que parece estar ahora en el ojo del huracán. Ni mucho menos. Sin ir más lejos en España las hemerotecas enumeran una indeseable lista de víctimas mortales en torno a unos partidos que empiezan a calentarse desde días antes en esos foros de internet manejados por los seguidores más radicales de los diferentes equipos, esos que campan a sus anchas en estadios y aledaños con símbolos abiertamente belicosos, lanzan proclamas racistas, insultan a la afición rival como parte de la propia puesta en escena y acceden a los recintos deportivos con elevadas dosis de alcohol en el cuerpo ante las mismísimas narices de los clubes, a quienes debería obligarse de una vez a correr con los ingentes gastos que conlleva el controlar a estos energúmenos.

      Tampoco cometamos el error de identificar el fútbol con la violencia. Cada vez que se producen episodios tan deplorables, no son precisamente pocos lo que intentan construir la teoría de que el fútbol es per se fomentador de comportamientos violentos. Pero al igual que éste y el resto de los deportes no son por sí mismos generadores de valores éticos (es cierto que el deporte puede ser una buena herramienta para educar, pero es solo eso, una herramienta) como proclaman algunos primaveras, tampoco lo son para generar racismo o xenofobia. En puridad son, lamentablemente, un síntoma más de hasta qué punto nuestra sociedad está en decadencia, poniendo de relieve que, por desgracia, dar rienda suelta al odio es la única capacidad de respuesta ante la frustración para no poca gente.

      Desde luego, viendo las vergonzosas imágenes de estos individuos atizándose hasta casi la muerte mientras lo arrasan todo a su paso por calles y plazas diríase que los bárbaros no proceden de fuera, sino que ya están aquí o, mejor dicho, siempre estuvieron aquí también, en la pretendida cuna de la civilización.

      Sí, cuando toca, los europeos somos tan salvajes como cualquiera. No nos equivoquemos. No nos creamos diferentes. Porque en realidad el fanatismo irracional de cualquier índole adopta la forma de todas las razas, habla distintos idiomas, se esconde detrás de múltiples banderas y venera los credos más diversos.

 

                                                                                  RICARDO HERRERAS

 

SOBRE EL NEGACIONISMO DE CARLOS ESTEPA ACERCA DE LAS CORTES DE 1188

3 Mar

R Chao

de https://CORAZONLEON.BLOGSPOT.COM.es/2018/02/sobre-el-negacionismo-de-carlos-estepa.html

28 de febrero de 2018
Parece que anda la gente muy revuelta por unas declaraciones de Carlos Estepa negando la importancia de las Cortes de León de 1188. A mi no me ha sorprendido en absoluto, porque este historiador lleva haciendo lo mismo al menos desde 1988, cuando se celebró el VIII Centenario de las Cortes. Sólo hace falta consultar «El reino de León en la Alta Edad Media I: Cortes, concilios y fueros», publicado en ese mismo año, para leer sus postulados y posturas sobre este asunto. Pero ojo, porque la información más jugosa no sólo está en su artículo, titulado «Las Cortes en el reino de León», sino también en los de Fernando Arvizu y Alfonso Prieto Prieto, donde nos podemos hacer una idea de las intenciones de Estepa. Precisamente este último dice lo siguiente sobre las tesis de Carlos Estepa y de Gonzalo Martínez (que afirmaba la existencia previa de unas Cortes castellanas):

«Si don Carlos Estepa no da por buenos sin más los decreta de la Curia leonesa de 1188, que hasta nosotros han llegado, el doctor Gonzalo Martínez, sin habérsenos conservado «decreta» algunos de la Curia de 1169 y de la Curia de Gormaz de 1187 (…), insinúa la primacía temporal de ambas curias en cuanto a la presencia de los representantes concejiles. Ya en mi citada ponencia, además de mostrar lo endeble de tal fundamentación, pronostiqué la aparición de tesis negadoras de la primacía temporal de las llamadas Cortes leonesas; hasta tal punto las urgencias del presente, por mínimas que sean, condicionan nuestra construcción del pasado». 

Obviamente, con «las urgencias del pasado» D. Alfonso se refiere a la creación de la comunidad de Castilla y León. Y dice más adelante:

«Y lo más grave, a mi modo de ver, de esta falta de sensibilidad para las raíces, es que significa un desconocimiento de lo que constituye la especificidad de lo histórico: la virtualidad del pasado en el presente». 

En cualquier caso, sin entrar en polémicas estériles y artificiales, lo que es innegable es que en los Decreta de 1188 se dice que se celebró una curia en León con el arzobispo, los obispos, y los magnates o nobles del reino, así como con los ciudadanos elegidos por cada una de las ciudades. Literalmente y en latín:

«Adephonsus, Rex Legionis et Gallicie, cum celebrarem curiam apud Legionem cum archiepiscopo et episcopis et magnatibus regni mei, et cum electis civibus ex singulis civitatibus»

Aquí radica la gran novedad de esa Curia de 1188: por primera vez acuden representantes del pueblo llano: da igual si fueron o no burgueses, hombres ricos o pobres. Lo importante es que va a haber representación de un estamento que al parecer nunca había participado en la Curia (aunque hay sospechas de que pudo hacerlo en tiempos tan tempranos como en época de Alfonso VII). Tal y como dejó dicho el citado D. Alfonso Prieto: «las llamadas Cortes Leonesas no son otra cosa que la Curia Regis acrecida mediante la presencia de los representantes de las ciudades». Y en principio no habría que darle más vueltas en un sentido u otro. Por ejemplo, tampoco hace falta llegar al extremo de denominar a estas protocortes como «democráticas» o exageraciones parecidas.
Sin embargo Estepa trata de retorcer todos los argumentos posibles, por endebles que sean, y por lo general sin ninguna prueba sólida: insinúa, por ejemplo, que los Decreta están interpolados posteriormente, sin aportar pruebas contundentes y sin explicar a qué intencionalidad podría responder dicha interpolación. Incluso llega a dudar de la traducción al término «cives», y en la citada obra llega a insinuar (nunca afirmar) traducciones como «nobles», sin reparar en la tautología que supondría una repetición del concepto en los Decreta: «con el arzobispo, los obispos, y los magnates de mi reino; y con los nobles elegidos (!) de cada ciudad». Aunque, insisto, solo apunta dicha posibilidad, Estepa parece obsesionado en recalcar que esos «civis electi» debían ser gente acomodada de las ciudades, como si eso negara la peculiaridad de la Curia de 1188;  porque fueran ricos o pobres, lo fundamental es que asistieron representantes del pueblo llano. Pero eso le da igual al señor Carlos Estepa, que sigue empecinado en negar la novedad que supuso este hecho con argumentos que sólo se pueden calificar de peregrinos y de juegos malabares. El porqué de esta obsesión personal ya sería harina de otro costal…
 José Carlos Guerra  «Curia de Fernando II» (1972)