Archivo | abril, 2017

Nota de Prensa remitida por PLATAFORMA NO INCINERADORA NAVATEJERA

29 Abr

28-04-2017- NOTA PRENSA CHARLA 27-04-17

AFUBIONA, informa:

En el día de ayer, se celebró en el Frontón del Polideportivo de Navatejera, la charla sobre instalación de Incineradora de Biomasa en Navatejera.

Al acto, al que estaban invitados los Concejales del Ayuntamiento y su Alcalde, y el Presidente de la Junta Vecinal de Navatejera, acudieron cerca de 200 personas. De los representantes políticos, solo asistieron IU y Ahora Villaquilambre.

Comenzó el acto el Presidente de la Asociación, D. Carlos Martinez, explicando para que se creó la Asociación, las actuaciones realizadas hasta la fecha, como reuniones con el Presidente de la Junta Vecinal, Alcalde de Villaquilambre, y distintos grupos políticos, que no todos, que quisieron atendernos.

También hubo reuniones con representantes del Parlamento Autonómico, y una representante del Congreso de los Diputados.

La Asociación emprenderá las acciones legales necesarias para impedir esta instalación, tanto por vía administrativa, y/o penal.

Se insistió una vez más, que esta Asociación es apolítica y que en ningún caso está en contra de la Biomasa, solo DE SU UBICACIÓN.

Hablo a continuación D. Ricardo de Dios, para explicar los contaminantes que expulsan a la atmosfera este tipo de Plantas, y remarcando que el único interés que tienen nuestros representantes políticos son los económicos, sin mirar por la salud de sus convecinos.

También intervino D. Emiliano Honrado, Médico Patólogo, que nos explicó las enfermedades que producen la emisión de contaminantes por estas Plantas incineradoras, y el incremento de casos de cáncer en más de un 25% en la población próximo a estas instalaciones.

Se ha pedido a los asistentes que divulguen y hagan participes a convecinos, amigos y familiares, ya que no solo afecta a Navatejera, sino también a parte importante de la población de León capital.

Nuestra próxima actuación, será una concentración en el Ayuntamiento de Villaquilambre, el PRÓXIMO DIA 4 DE MAYO, A LAS 9,30 HORAS, fecha en el que se celebra PLENO MUNICIPAL. Como no está aprobado el reglamento, no pueden los ciudadanos intervenir en el mismo, con lo que en nuestro nombre efectuará la representante de IU, una serie de preguntas al Sr. Alcalde, que le hemos facilitado.

“FRIKISMO” Y POSTMODERNIDAD

23 Abr

 

foto1

En pleno ocaso del postmodernismo y ruina económico-moral del mundo presente, se produce un curioso fenómeno: el inusitado auge del llamado “frikismo”. La palabra “friki” proviene del inglés freak y vendría a significar en el idioma druídico de los vástagos sajones “extraño, extravagante”. Por tanto, un “friki” sería algo así como una persona excéntrica para los cánones convencionales que se construye, con sus aficiones, manías, obsesiones, paranoias y, sobre todo, pajas mentales, un mundo digamos autónomo que, paradójicamente, lejos de salvaguardarlo en su intimidad, lo publicita a los cuatro vientos por sentirse orgulloso de su digamos “frikidad”. La llamada “cultura friki” (sic) contemplaría los temas – ya saben eso de “cada loco con su tema” – más variados, siendo preponderantes la ciencia ficción y todo lo relacionado con la fantasía, videojuegos, cómics, animación, etc. 

De algún modo, el “frikismo” sería en los albores del siglo XXI la versión remozada de las tribus urbanas ochenteras (punks, mods, heavies, etc.), cuasi entrañables creaciones del sistema capitalista para encuadrar/reconducir/controlar entonces la rebeldía juvenil con llamativas estéticas de impostado inconformismo y aparente radicalidad antisistema. Ahora, de aquellas poses contraculturales reflejo de la postmodernidad triunfante solo quedan de entre los escombros de la misma subproductos que ésta, ya agotada, hastiada y cansada de sí misma, intenta seguir ofreciendo como un nuevo reclamo consumista para la juventud. 

Y es precisamente en este contexto donde hay que ubicar a los “frikis”, hijos del sinsentido, el escepticismo intelectual, el relativismo moral, el consumismo desaprensivo y el hedonismo nihilista que, frente a la lógica y comprensible salida de fomentar el espíritu crítico para poder entender el mundo circundante o de canalizar la rabia contenida ante tanta desigualdad e injusticia en forma de protesta social para intentar cambiar las cosas, prefieren encauzar su malestar deleitándose (enclaustrados entre las cuatro paredes de su habitación observando el mundo como si fuera otro videoclip más de su ordenador/televisor/móvil de turno) con superhéroes galácticos o erigiendo universos ficticios, intertextuales, contemplativos y autocomplacientes que, en el fondo, los acaban anestesiando, alienando y atomizando sin remedio mientras todas las certidumbres y seguridades (trabajo estable y digno, vivienda asequible, sanidad y educación universales y de calidad) se derrumban a su alrededor en la cruda, pura y dura realidad. 

A lo mejor estoy siendo reduccionista e injusto con ellos. Al fin y al cabo, ¿quién no es un poco “friki”? Tampoco se puede decir que hagan daño a nadie: mejor que les de por ahí que no por evadirse con interminables noches regadas de drogas y música infernal. Hasta se les podría reconocer que al menos tengan alguna que otra inquietud, por estrafalaria que sea. Aunque mucho me temo que ese onanismo intelectualoide e inocuo que los caracteriza hace que estemos ante la enésima victoria del modelo socioeconómico vigente, el cual aún en su senectud sigue mostrando una extraordinaria capacidad tanto para el reciclaje como para anular a sus hijos más díscolos alimentándolos, para más escarnio y desvergüenza, con las migajas de su cada vez más acelerado proceso de descomposición.

En cuanto al postmodernismo, ¡quién lo ha visto y quién lo ve! De las sesudas e incompresibles teorías de aquel atajo de emborronadores de cuartillas tipo Foucault, Lacan, Baudrillard, Lyotard, Derrida, Deleuze o Zizek que un día pretendieron arrogantemente comerse el mundo previo derribo de todo aquello que oliese a racionalismo, para acabar convertido (ahora que se muestra su farsa intrínseca e incapacidad manifiesta para explicar la que está cayendo ahí fuera) en una especie de batiburrillo pachangero e infantilista de quisco reciclado en una thurmix para ser de nuevo deglutido por cuatro pardillos e incautos. 

Pero a ver quién es el guapo que le explica ésto a los “encantados de haberse conocido” responsables de algunos departamentos de nuestras encapsuladas y decadentes facultades o a los arrogantes directores de algunos de nuestros más inefables museos, para quienes dicha corriente continúa siendo casi un “dogma de fe”. Sino, pásense esta misma tarde por el MUSAC y asistan entre atónitos y perplejos a la enésima exposición del jeta de turno…para mear y no echar gota.

RICARDO HERRERAS

 

 

Nuevo varapalo a DIPUTACIÓN LEÓN. Sentencia estimatoria en recurso contra acuerdo Funciones Jefe/a del SAM

18 Abr

Nueva Sentencia estimatoria del Juzgado de lo Contencioso-Admtivo nº 3 de León relativa al acuerdo sobre las funciones del puesto de Jefe/a del SAM de la Diputación de León. Estima el recurso y condena en costas a la Diputación.

 Primera página de la  Sentencia:

170322- Sentencia 22-3-2017 estimatoria con condena en costas a la Diputación_Página_1

 

 

Fallo de la sentencia

 

170322 Fallo sentencia

Relacionados:

https://LEONSANO.wordpress.com/2015/10/18/infinidad-de-procesos-judiciales-solo-desde-2011-han-hecho-sentar-en-el-banquillo-a-la-diputacion-en-280-ocasiones-169-de-ellos-por-temas-de-recursos-humanos-y-desembolsar-una-cuantia-aun-indetermi/  

 

https://LEONSANO.wordpress.com/2016/02/27/nueva-rpt-de-la-diputacion-de-leon-plenamente-heredera-de-los-vicios-del-carrasquismo-en-medio-de-nuevos-varapalos-judiciales/

 

https://LEONSANO.WORDPRESS.COM/2015/12/17/los-carrasquistas-le-hacen-la-cama-a-majo-para-mantener-la-vieja-estructura-de-poder-en-diputacion/

Sinvergüenza y por la puerta de atrás.COLOCACIONES DE POR VIDA en la JCyL

18 Abr

funcionario enchufado familiar

DE CÓMO EN LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN SE UTILIZA EL PODER QUE DA LA MAYORÍA ABSOLUTA AL PP PARA COLOCAR, DE POR VIDA Y EN PUESTOS BIEN PAGADOS, A SUS AFINES AL PP Y DÓCILES EMPLEADOS PÚBLICOS, MIENTRAS ROBA AL RESTO DE LOS EMPLEADOS EL DERECHO A PROMOCIÓN EN NUESTRA CARRERA PROFESIONAL CAMBIANDO LOS PUESTOS LD POR CONCURSO ESPECÍFICO.
CON ELLO SE PONE EN JUEGO LA PROFESIONALIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS CON EL CONSIGUIENTE DETERIORO DEL SERVICIO PÚBLICO A LOS CIUDADANOS.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, SU VICECONSEJERA DE FUNCIÓN PÚBLICA Y LOS SINDICALISTAS DE LA MESA GENERAL LLAMAN A ESTO MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN; EN PLADEPU LO LLAMAMOS SAQUEO DE DERECHOS GENERALES PARA DOMESTICAR SILENCIOS PARTICULARES.

La desfachatez de la Junta de Castilla y León no tiene límites. Pretende reformar aspectos claves del funcionamiento y regulación del personal funcionario y estatutario, de tapadillo y sin el preceptivo diálogo y consenso. La Junta de Castilla y León, mediante la Ley de acompañamiento de los Presupuestos del año 2017 quiere poner patas arribas la Ley de Función Pública.

La Plataforma en Defensa de lo Público (PLADEPU) consideramos que es un sinsentido agrupar en la misma ley, medidas tributarias y medidas administrativas ¿Por qué utilizar una ley de medidas para abordar las referidas modificaciones, que en nada afectan o complementan ni son precisas para la correcta aplicación de la Ley de presupuestos de la Comunidad del año 2017? ¿no será que tratan de evitar un debate fundamental, teniendo en cuenta el hondo calado de las transformaciones que se pretenden realizar?

PLADEPU analizamos a continuación el ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS DE ACOMPAÑAMIENTO A LOS PRESUPUESTOS DE 2017.

Capítulos I y II

El capítulo I se refiere a medidas tributarias. Estas vienen sirviendo de justificación para la aprobación de esta ley como complemento a la ley de presupuestos.

El capítulo II se refiere a medidas administrativas que, en este caso, tal como expresa la exposición de motivos, pretenden la adaptación de distintas disposiciones autonómicas a las leyes administrativas básicas (Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público).

El tiempo del que ha dispuesto la Administración autonómica para aprobar las modificaciones de tales disposiciones, ha sido un año y 5 meses. Tiempo suficiente que para nada justifica la modificación en un procedimiento conjunto al de la aprobación de la ley de presupuestos, que hurtará un debate necesario sobre las importantes modificaciones que se incluyen.

Disposiciones finales

Además de lo anterior, el proyecto de ley de medidas en sus disposiciones finales modifica un elevado número de normas. Entre ellas:

  1. Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León. Disposición final cuarta.
  2. Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicios de Salud de Castilla y León. Disposición final séptima.
  3. Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León. Disposición final novena.

Modificaciones que afectan a la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León

Las disposiciones transitorias primera y tercera están relacionadas con la Ley de Función Pública. Parece una regulación mediante ley de una situación, transitoria o no, más bien no, que se derivará de una actuación futura del poder ejecutivo, propia del poder legislativo. No se entiende, por lo tanto, que una disposición transitoria de una ley, cuyo ARTICULADO nada tiene que ver con la materia de función pública, regule como transitoria una situación que ni es transitoria, ni se produce con la aprobación de la ley.

El proyecto de Ley de Medidas modifica, entre otros, los siguientes artículos de la Ley 7/2005:

El artículo 23.- Catálogo de puestos tipo.
Entre las notas mínimas definitorias de cada puesto tipo no está incluido el nivel del puesto de trabajo.
El apartado 4 establece que “Estarán excluidos del catálogo de puestos tipo los puestos de trabajo que no hayan de servir de modelo para la creación de otros iguales”. Se crea así un nuevo modelo que deja fuera del instrumento más novedoso, el catálogo, los puestos que se consideren únicos, sin fijar criterio alguno, con rango de ley, que permita alejar de la previsible arbitrariedad la creación o el mantenimiento de puestos fuera del catálogo.

Esta modificación, incluida en una disposición final de una ley de medidas, está falta de la necesaria exposición de motivos que explique el modelo que se pretende implantar, pues parece lo suficientemente relevante para no hurtarlo del correspondiente debate parlamentario que, sin duda, no tendrá lugar si se tramita en la ley de medidas. A propósito de lo cual habría que remitirse a lo dicho arriba para el capítulo II, con el añadido de que las disposiciones finales de las leyes han de tener relación con la materia que la ley regula, cosa que ni remotamente ocurre en este caso.

El artículo 24, relaciones de puestos de trabajo.
En el párrafo segundo del punto 1 de este artículo se establece que excepcionalmente por razones debidamente motivadas y previa negociación con la representación sindical, podrán crearse puestos de trabajo que no respondan a un puesto tipo. Tenemos así:

  • Puestos que están excluidos del catálogo porque no han de servir de modelo para la creación de otros iguales (art. 23.4 Ley de Función Pública).
  • Puestos de trabajo preexistentes cuyo mantenimiento sea necesario y que no estén asociados a ningún puesto tipo que figurarán en un anexo al catálogo (disposición transitoria tercera del proyecto que se analiza).
  • Puestos en las relaciones de puestos de trabajo que excepcionalmente se podrán crear por razones debidamente motivadas y previa negociación con la representación sindical cuando no respondan a un puesto tipo (art. 24 1, párrafo segundo de la Ley de Función Pública).

Ante esas referencias cabe preguntarse si los puestos de los tres apartados anteriores son los mismos puestos o son distintos; cabe preguntarse si los puestos únicos que estarán fuera del catálogo son los que estarán en el anexo al catálogo y si, además, estarán en las relaciones de puestos de trabajo o no.
Cabe preguntarse, por último, si habrá puestos que no figuraran en la RPT, ni en el catálogo.

Este artículo tampoco incluye entre la información de las RPT, el nivel del puesto.

Respecto a los trámites para su aprobación, entre ellos no se contempla la intervención de las diferentes consejerías en ningún momento. Tampoco intervienen en la aprobación de los catálogos. ¿Cómo pueden conocer las consejerías de Hacienda y de Presidencia el detalle de las necesidades de personal de todas las consejerías, acaso tienen una bola de cristal?

Pero lo más sorprendente es que las RPT se pretenden notificar a los interesados (cuando sean conocidos y determinados). Además de esa costosa y laboriosa notificación, las RPT se publicarán en la Sede Electrónica y en el Portal del Gobierno Abierto. La Sede Electrónica es el medio por el que los ciudadanos pueden acceder a los servicios de la administración autonómica. No es el lugar más idóneo para publicar las RPT. Por ello, entenderemos que cuando se hace referencia a la Sede Electrónica y al Portal del Gobierno Abierto se está hablando de una misma cosa.

Por otro lado, se dice que dicha publicación será actualizada y SISTEMATIZADA. Eso significa que las RPT no se publicarán de forma completa. Esa sistematización, sin más precisión, puede significar que se publicará el número de puestos de cada Cuerpo que existen en la Junta o en cada Consejería con mayor o menos detalle, pero no las RPT tal como se elaboren y aprueben.
La previsión de notificar a cada funcionario el contenido de su puesto de trabajo y la publicación sistematizada de las RPTs puede vulnerar lo establecido en el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dice:

Artículo 45. Publicación. 1. Los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente.
En todo caso, los actos administrativos serán objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación, en los siguientes casos:
a) Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas o cuando la Administración estime que la notificación efectuada a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, siendo, en este último caso, adicional a la individualmente realizada.
b) Cuando se trate de actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo. En este caso, la convocatoria del procedimiento deberá indicar el medio donde se efectuarán las sucesivas publicaciones, careciendo de validez las que se lleven a cabo en lugares distintos.
2. La publicación de un acto deberá contener los mismos elementos que el artículo 40.2 exige respecto de las notificaciones. Será también aplicable a la publicación lo establecido en el apartado 3 del mismo artículo.
En los supuestos de publicaciones de actos que contengan elementos comunes, podrán publicarse de forma conjunta los aspectos coincidentes, especificándose solamente los aspectos individuales de cada acto.
3. La publicación de los actos se realizará en el diario oficial que corresponda, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar.
4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44, la publicación de actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria deba practicarse en tablón de anuncios o edictos, se entenderá cumplida por su publicación en el Diario oficial correspondiente”.

Aunque se puede objetar que los funcionarios son una pluralidad determinada de personas, hay que señalar que la propia norma contempla la posibilidad de interesados no conocidos o indeterminados.

A eso ha de añadirse la obligación establecida en el art. 3 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León de publicar las relaciones de puestos de trabajo. La Administración debe publicar esa información completa, de modo que sea accesible y no debe realizar ninguna elaboración de la información que ha de publicar:

“Artículo 3. Información objeto de publicidad.
1. Los organismos y entidades que conforman el sector público autonómico a los que se refiere el artículo 2 1. a) a f) de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, y las asociaciones constituidas por ellos, además de la información que han de publicar en cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, publicarán la siguiente:
a) Las relaciones de puestos de trabajo, las plantillas de personal o instrumentos análogos.
b) Los puestos de personal eventual, con indicación de su grupo o categoría profesional y del importe de sus retribuciones anuales, así como los contratos de alta dirección, en su caso, indicando el importe de sus retribuciones anuales y de las indemnizaciones previstas a la finalización del contrato.”

Los artículos 48 y 50, referidos a los concursos de traslados
En la redacción de estos artículos desaparece el término vacante y el plazo de 8 meses para resolver.
El apartado 9 del art. 50 regula una nueva forma de provisión de puestos de trabajo, el concurso especial, para puestos que requieren determinadas capacidades o aptitudes, sobre las que no se da pista alguna que permita distinguirlo del concurso específico. Los puestos que se proveen por este sistema, aunque requieren aptitudes especiales, están sujetos a convocatoria periódica, de modo que una nueva convocatoria de estos puestos, que, por este mismo sistema ya están provistos por el funcionario que los obtuvo en la convocatoria anterior, supone su desplazamiento.
Esta novedad en la provisión de unos puestos que no se sabe si son puestos directivos, que no se sabe si se obtiene con destino definitivo y, en consecuencia, permiten que el tiempo de desempeño pueda servir para consolidar el nivel, parece que merece no solo el correspondiente debate parlamentario, sino también una explicación en la exposición de motivos. Para ello, su tramitación ha de hacerse mediante una Ley distinta a la de Medidas.

De este modo, se regulan 4 formas distintas de provisión de puestos de trabajo: concurso, concurso específico, concurso especial y libre designación.

El artículo 65, grado personal. Y los artículos 66, 67 y 68.
Se modifica el art. 65 de modo que solo se refiere a que los funcionarios adquirirán un grado personal que se corresponderá con alguno de los 30 niveles en que se clasifican los puestos de trabajo. Los demás artículos se dejan sin efecto.
A partir de la aprobación de esta modificación, la determinación de los criterios para obtener el grado personal se fijarán por decreto de la Junta. Y hasta tanto se apruebe ese decreto, la disposición transitoria primera de la ley de medidas establece que se continuarán aplicando los artículos dejados sin efecto y la disposición transitoria primera de la ley 7/2015, de 30 de diciembre de medidas tributarias, referida a la obtención del grado. Lo que supone de facto que la modificación no tiene una fecha cierta de entrada en vigor, algo que cuando menos, genera inseguridad jurídica, pudiendo cuestionarse la validez jurídica de una disposición conforme a la cual la entrada en vigor de una norma depende de la aprobación de un decreto.

El artículo 104, materias que serán objeto de negociación.
En el apartado 1 de la redacción vigente es objeto de negociación:

“a) El incremento de retribuciones de los funcionarios que proceda incluir en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León”. La modificación que se trata de aprobar modifica la negociación del incremento de las retribuciones por la aplicación del ese incremento. Es decir, que se pretende negociar la aplicación a las nóminas de un porcentaje, que el objeto de negociación será la realización de una operación matemática.”

Dejamos para otro articulo otras modificaciones de calado y no menos importante, como son la del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicios de Salud de Castilla y León (disposición final séptima que afecta a la Ley 2/2007, de 7 de marzo) y de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León. (Disposición final novena que afecta a la Ley 8/2010, de 30 de agosto).

BurgosDigital ofrece un enfoque cercano y legible de esta noticia, aclarando las intenciones de la Junta en El PP de CyL esconde en sus presupuestos la destrucción de la Administración Pública.

3 comentarios :

  1. Pero que es esto??? Es escandaloso!! es una modificación sustancial (y secreta) de la ley de funcion pública. La estratagema de hacerlo dentro de la ley de presupuestos para que no se note es muy burda. Cada vez van cayendo mas bajo estos que nos gobiernan

    Responder

     
     
  2. funcionaria enfadada10 de abril de 2017, 13:58

    Que vergonzosoooooo! Y los sindicatos mayoritarios no tienen nada que decir?

    Responder

     
     
  3. No me lo puedo creer. Van a hacer un específico a medida para colocar a cientos de LD.

    Ahora los enchufados, ya no lo estárán un tiempo (LD), sino que lo estarán perpétuamente (específico a su medida).

    Y luego venderán en los medios que eliminan un puñado de LD y los sindicatos a aplaudir. Y todo de estrangis. Esto está podrido.

    Responder

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LA UE, EN LA ENCRUCIJADA

9 Abr

UE

A finales de marzo, los líderes de la Unión Europea se reunían en Italia para celebrar el 60º aniversario del Tratado de Roma. En la ceremonia, las congratulaciones y fastos de otras veces (el tiempo dirá si también la retórica) parecieron haber dejado paso a la reflexión sobre el sentido profundo del proyecto comunitario y a la preocupación sobre su viabilidad después del terremoto provocado por el Brexit.

            Lo cierto es que en la UE no están para tirar cohetes en la UE; antes bien, sus prebostes se encuentran hoy en una complicadísima encrucijada. Por un lado seguir con una UE como la que tenemos ahora mismo, alejada de la ciudadanía y plegada a unos poderes financieros empeñados en aplicar unas medidas que nos siguen conduciendo a la precariedad laboral, a una mayor fractura social entre ricos y pobres, a los recortes sociales, etc., etc. En definitiva: a menos recuperación económica real (las cifras macro son engañosas) y a más autoritarismo (la causa última del populismo no deja de ser el gran escepticismo que las instituciones europeas genera cada día entre los ciudadanos de a pie).

De otro lado, una renovada UE de los pueblos y las personas que recupere sus postulados primigenios, ésos que pasan necesariamente por la inversión en desarrollo social, por una planificación más democrática de la economía, por la potenciación de los servicios públicos, por impulsar una banca transparente, por un mayor peso del Parlamento con sede en Estrasburgo y Bruselas como verdadera cámara decisoria frente a la todopoderosa (resulta escandaloso ver como el grupo socialdemócrata y el popular han votado conjuntamente más del 75 % de las directrices de la misma) Troika, por la reducción sustancial de la capacidad de Alemania para imponer al resto de los países sus arbitrarias políticas de reducción del déficit…Es decir, más democracia, más solidaridad y más justicia social.

La reciente e impresentable actuación de nuestros dirigentes comunitarios en la crisis de los refugiados es la gota que colma el vaso de todos los despropósitos habidos (véase la intervención neocolonial en Libia,  el apoyo a los elementos más extremistas de Ucrania en un intento fallido de alejar a ésta de Rusia o el cuasi delictivo saqueo de los fondos pertenecientes a los ahorradores chipriotas) y por haber en los últimos años. No, no es una broma. Todo podría conducirnos a una situación límite semejante a la de 1914, pues es evidente que este proyecto ya sexagenario, tal y como aparece pergeñado en estos momentos, carece de identidad propia: está quebrado, fatigado, desnortado y empantanado hasta el cuello en la diabólica dinámica neoliberal.

 Europa no parece haber aprendido nada de su trágica historia y sólo quedan ya los viles intereses de esas élites incapaces de verse como sujetos históricos, solo atentas al lucro desmedido. Sí, Europa parece haber dejado de pensarse históricamente como tal, retorciéndose en el cortoplacismo y revolcándose en su incapacidad manifiesta de verse a sí misma como una construcción colectiva de sujetos capaces de proyectarse hacia el futuro a través de la reflexión de su pasado y presente, aunque después ese futuro pueda no ser como se haya proyectado. Hoy el viejo continente se muestra sujeto al implacable y voraz reinado del dios Cronos, al dinero, a la animalidad, a la simulación, a la pura bestialidad. Ovejas menesterosas en el establo del consumismo, en eso parecen querer convertirnos.

En todo caso, en última estancia, como siempre en estos casos, a nosotros nos corresponderá decidir hacia dónde tiramos para salir de esta disyuntiva.

 

 

                                                                       RICARDO HERRERAS

 

 

 

Los empleados públicos veteranos de la administración : dinosaurios o lobos grises

9 Abr

de https://DELAJUSTICIA.COM/2017/04/09/los-veteranos-de-la-administracion-dinosaurios-o-lobos-grises/#more-959926

Los veteranos de la administración : dinosaurios o lobos grises

La administración cambia a velocidad de vértigo. Los funcionarios lo son hasta la jubilación y eso plantea la gran cuestión de si el cuadro de mandos administrativo, servido por funcionarios repletos de trienios, está preparado para afrontar los retos de una administración electrónica, de una administración globalizada y de una administración donde lo importante es la adaptación y no la conservación.

Viene al caso porque el Diario La Nueva España tuvo la amabilidad de publicarme ayer un artículo significativamente titulado Directivos públicos vintage en extinción, acompañado en la misma página de otro artículo escrito por mi amigo Antonio Arias ( titulado “Funcionarios y políticos“, ambos ideados en la pausa laboral del café (“el café administrativo”).

 Ahora reproduzco mi artículo con algunos añadidos, teniendo en cuenta que las reflexiones sobre tales veteranos de la administración posiblemente pueden predicarse igualmente de los veteranos directivos de empresas o bufetes.

escrituraAsí pues, comentaba con mi amigo Antonio Arias en nuestra pausa de café diaria (el derecho del trabajador mas universal y fructífero) lo duro que resulta a los altos funcionarios sobrevivir a la avalancha de normas administrativas, a la cambiante jurisprudencia y a la infinidad de buenas publicaciones doctrinales. Hablábamos de que tan enorme cantidad de información jurídica disponible resulta indigerible (dificultad para estar al día) o indigesta (dificultad para comprenderla).

Especialmente difícil resulta para los veteranos que por añadidura, sufran la revolución tecnológica y el zarandeo de silla por el trepa de turno. Recordábamos algunos catedráticos así como un Director General, ambos de tremendo prestigio y al borde de la jubilación, que se limitaban a vivir de las rentas de su experiencia, eludiendo hábilmente poner en evidencia de su ignorancia y delegando las labores complejas, ofreciendo charlas “comodín”, que nada añadían pero nada comprometían.

Sin embargo, no podemos caer en el grave error de confundir lo añejo con lo viejo ni la ciencia con la experiencia, pues esta última para Einstein prevalecía como fuente de conocimiento verdadero. En la administración pública actual, los que alcanzan un puesto alto en la escala jerárquica, peinando canas, ganan en intuición, olfato, en valorar los problemas y buscar soluciones con sensatez. Como contrapeso, ignoran las reglamentaciones, desconocen la sutileza de las interpretaciones jurídicas y eluden enredarse en órganos y formalismos. Al grano y con sentido común. O sea, marcan el rumbo como los almirantes curtidos. Para conocer las normas están esos contramaestres que son los jefes de las unidades a su cargo y para ejecutarlas la tripulación. Además comparten con Bill Gates la idea de que los ordenadores están para resolver problemas que antes no existían.

jefe enfadadoBuena parte de esa pléyade de altos cargos o directivos públicos, que en su día dominaban temarios y leyes, se vuelven acomodaticios y suelen ser maestros en controlar sus silencios y ambigüedades,o abusan en las reuniones de algunos latiguillos utilísimos y certeros: “ Algo no encaja”, o “ No tomaría esa decisión”, o incluso, “ La ley está para cumplirla pero también debemos resolver problemas y no crearlos”, o la advertencia frente al ciego formalismo: “ No perdamos de vista la lealtad institucional”; y como no, cuando la situación es alarmante y pide decisión compleja, saben que lo urgente no debe matar lo importante, y proponen convocar hábilmente una reunión o una sesión de órgano colegiado o incluso indican la puerta a que llamar para obtener un dictamen esclarecedor. Lo importante es que si hay errores resulten defendibles y si hay culpables, que sean varios.

Otro rasgo mas anecdótico de esta guardia pretoriana son sus mesas de despacho, normalmente aligeradas de papeles pues actúan como puertas giratorias para expedientes que serán delegados hacia los subordinados o reorientados a otros destinos. Hace falta mucha experiencia para que problemas y papeles no se queden atascados en el despacho, y mucha más para sacar lo mejor de los colaboradores. Y desde luego que la experiencia no se aprende sino que se vive.

Lo digo con conocimiento de causa. Conozco secretarios generales e interventores cargados de trienios, letrados públicos, abogados del Estado y magistrados que destilan sabiduría y sentido común por los poros pero ignoran sin disimulo lo que dice el articulado vigente, bien por no estudiar ( no toca y ya estudiaron bastante) o bien por flaqueza de memoria. Además no toman iniciativas ni asumen riesgos, pues prefieren sentirse como los libros en los estantes que esperan a ser consultados y entonces sienten predilección por hurgar en la memoria para verter la anécdota o consejo que arroje la luz.

lederNo es fácil evaluar la competencia de estos veteranos pero encaja en una admirable polivalencia como bolilleros, bomberos y gaiteros: hacen encaje de bolillos con los problemas complejos, apagan fuegos y templan gaitas. Lo sangrante es que muchos se ven empujados hacia la jubilación anticipada o el ostracismo burocrático por el empuje de las tecnologías o por experimentos políticos de barniz renovador. Sin embargo se olvida que esa sabiduría que ofrece la experiencia, el luchar a brazo partido con ciudadanos y políticos, para poder dirigir una unidad administrativa, no la ofrecen las oposiciones ni la dan las tecnologías de la información.

De nada sirve conocerse un reglamento o utilizar aplicaciones informáticas si no se dispone de eso que se llama empatía profesional, esto es, comprender a los compañeros y directivos, entender sus razones y hacer que trabajen en equipo, sin zancadillearse.

No olvidemos que no es fácil dirigir una unidad administrativa o destacamento de funcionarios, pues el ecosistema alberga todo tipo de especies.

Además no olvidemos, y lo digo con afecto porque me ha sucedido, el papel de un buen jefe administrativo que protege a sus dependientes frente a las urgencias e intolerancia de la autoridad política, lo que solo puede hacerse por parte de quien es un curtido funcionario en mil batallas y sabe tratar tanto al político como mimar a los suyos. El veterano sabe que los políticos cambian y que los buenos funcionarios no se improvisan, y si es de ley, será un escudo para sus empleados, posición generosa debida a la experiencia en ese estanque de peligros en que se mueven políticos y funcionarios.

Creo que en este ámbito reina ( además del Principio de Peter sobre la competencia) la que bautizaría como Paradoja de la decadencia de la sapiencia, o sea, que cuanto mas arriba se está en un cargo público, menos ciencia jurídica o técnica se atesora, pero curiosamente mejor se resuelven los problemas y mejor servicio público se presta.

En su día me esforcé en demostrar como el estilo del teniente Colombo, con su edad, desaliño y sentido común, sería un excelente funcionario. En cambio, un funcionario inexperto, ambicioso, mercenario, cargado de datos, posiblemente sería un pésimo servidor público.

IMG_0571Por eso, debemos felicitarnos de contar con los funcionarios vintage, que como los buenos vinos se revalorizan con el paso del tiempo. Lo que sería un despilfarro de recursos sería confundir el sueño de la administración sin papeles con una administración sin funcionarios, porque a todos nos gusta ver un rostro que nos de explicaciones de los asuntos públicos, y si hay que quejarse siempre nos confortará que alguien con experiencia de explicaciones e intente encontrar soluciones.

Aquí tenéis  ambos artículos publicados ayer.

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